Lee con atención la siguiente situación y responde la actividad.
Para una comunidad indígena ubicada en una zona rural fronteriza del país es importante mantener el dominio y autonomía de su territorio. Recientemente el Gobierno ha ordenado que el Ejército Nacional haga presencia en el territorio para mejorar la seguridad en la frontera, sin tener en cuenta las tradiciones de la comunidad.
PREGUNTA: ¿Cuál podría ser una solución para evitar un eventual conflicto entre la comunidad indígena y el ejercito?
La prevención de las guerras y las violaciones de los derechos humanos en gran escala, al igual que la reconstrucción de las sociedades a raíz de esas situaciones, requieren un enfoque en el que se incorporen las perspectivas tanto de los defensores de los derechos humanos como de los profesionales de la solución de conflictos. Esto resulta más fácil de decir que de hacer. Estos dos grupos parten de supuestos diferentes, aplican metodologías diferentes y tienen limitaciones institucionales diferentes. De ahí que tiendan a recelar unos de los otros.
A corto plazo, ambos procuran poner fin a la violencia, las pérdidas de vidas y demás sufrimientos lo antes posible. A largo plazo, tanto los defensores de los derechos humanos como los profesionales de la solución de conflictos tratan de ayudar a las sociedades tomando medidas para garantizar que no se repita la violencia y se respeten los derechos de todos los seres humanos. Sin embargo, los métodos que utilizan para lograr estos objetivos y los supuestos en que se basan son diferentes. De resultas de ello, a veces ante un mismo problema adoptan enfoques contradictorios o que se excluyen mutuamente. Por ejemplo, los encargados de solucionar el conflicto, ansiosos de lograr una solución negociada con un mínimo de pérdidas de vidas, podrían dejar de considerar la pertinencia de los derechos humanos para el buen resultado de su labor a largo plazo y para los protagonistas a los que se proponen reunir. Los defensores de los derechos humanos, cuyas actividades se limitan a avergonzar a los responsables, hacerles una publicidad negativa y lograr su condena judicial, podrían perder oportunidades de mejora de los derechos humanos que tal vez se conseguirían mediante la negociación y las técnicas diplomáticas en que se apoyan los solucionadores de conflictos.
A fin de estudiar con más detalle estas diferencias aparentes, en colaboración con una colega del campo de los derechos humanos, la fallecida Ellen Lutz, solicité un grupo de estudios de caso acerca de conflictos en los que, tanto los profesionales de derechos humanos como los de solución de conflictos, han realizado una extensa labor: los ocurridos en Colombia, Sierra Leona e Irlanda del Norte. Nuestro propósito era conocer cómo actuaron estos dos grupos en cada caso, y si se logró una interacción constructiva entre sus actividades. Nuestros estudios de caso pusieron de manifiesto dos dilemas cruciales que deben enfrentarse para poder mejorar la comprensión y la sinergia entre los derechos humanos y la solución de conflictos en las tareas prácticas de consolidación de la paz. Uno de ellos es la tensión que existe entre el establecimiento de relaciones pacíficas sostenibles entre los grupos contendientes en un país, y el procesamiento de los miembros de esos grupos por abusos de los derechos humanos o crímenes de guerra o ambas cosas. El segundo es el importante papel que desempeña la comunidad internacional en cuanto a respaldar o socavar las normas que ayudarían a integrar las prácticas de derechos humanos y las de solución de conflictos.
La contraposición de la rendición de cuentas y la inclusión es un desafío predominante no solo después de la firma de un acuerdo de paz, sino en todas las fases de un conflicto.
Una de las cuestiones más problemáticas que surgen en el período posterior a la concertación de un acuerdo de paz es la manera en que han de tratarse los crímenes de guerra y los abusos de los derechos humanos cometidos por el Gobierno anterior. En tanto que los defensores de los derechos humanos presionan para que se rindan cuentas de los crímenes cometidos y se impongan castigos para evitar abusos ulteriores, a los partidarios de la solución del conflicto les preocupa la posibilidad de que el castigo de los perpetradores ocasione más desintegración de la sociedad, lo cual dificultaría más el proceso de restablecimiento.
Una de las conclusiones interesantes de nuestros estudios de caso es que el desacuerdo acerca de si se debe castigar o rehabilitar a los perpetradores ocurre no solo después de concertado un acuerdo, sino también en todas las demás fases del conflicto. En Colombia, donde persiste la violencia y no se ha logrado acuerdo, esta tensión se manifiesta en la respuesta del Gobierno a los guerrilleros, en particular a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Uno de los redactores de nuestro estudio afirma que aunque los líderes de las FARC desean genuinamente la inclusión y la dignidad, han llegado a considerar la violencia como única vía por la que pueden participar en un Gobierno del que, a lo largo de generaciones, han sido apartados por los liberales y los conservadores.
Respuesta:
Explicación:
La prevención de las guerras y las violaciones de los derechos humanos en gran escala, al igual que la reconstrucción de las sociedades a raíz de esas situaciones, requieren un enfoque en el que se incorporen las perspectivas tanto de los defensores de los derechos humanos como de los profesionales de la solución de conflictos. Esto resulta más fácil de decir que de hacer. Estos dos grupos parten de supuestos diferentes, aplican metodologías diferentes y tienen limitaciones institucionales diferentes. De ahí que tiendan a recelar unos de los otros.
A corto plazo, ambos procuran poner fin a la violencia, las pérdidas de vidas y demás sufrimientos lo antes posible. A largo plazo, tanto los defensores de los derechos humanos como los profesionales de la solución de conflictos tratan de ayudar a las sociedades tomando medidas para garantizar que no se repita la violencia y se respeten los derechos de todos los seres humanos. Sin embargo, los métodos que utilizan para lograr estos objetivos y los supuestos en que se basan son diferentes. De resultas de ello, a veces ante un mismo problema adoptan enfoques contradictorios o que se excluyen mutuamente. Por ejemplo, los encargados de solucionar el conflicto, ansiosos de lograr una solución negociada con un mínimo de pérdidas de vidas, podrían dejar de considerar la pertinencia de los derechos humanos para el buen resultado de su labor a largo plazo y para los protagonistas a los que se proponen reunir. Los defensores de los derechos humanos, cuyas actividades se limitan a avergonzar a los responsables, hacerles una publicidad negativa y lograr su condena judicial, podrían perder oportunidades de mejora de los derechos humanos que tal vez se conseguirían mediante la negociación y las técnicas diplomáticas en que se apoyan los solucionadores de conflictos.
A fin de estudiar con más detalle estas diferencias aparentes, en colaboración con una colega del campo de los derechos humanos, la fallecida Ellen Lutz, solicité un grupo de estudios de caso acerca de conflictos en los que, tanto los profesionales de derechos humanos como los de solución de conflictos, han realizado una extensa labor: los ocurridos en Colombia, Sierra Leona e Irlanda del Norte. Nuestro propósito era conocer cómo actuaron estos dos grupos en cada caso, y si se logró una interacción constructiva entre sus actividades. Nuestros estudios de caso pusieron de manifiesto dos dilemas cruciales que deben enfrentarse para poder mejorar la comprensión y la sinergia entre los derechos humanos y la solución de conflictos en las tareas prácticas de consolidación de la paz. Uno de ellos es la tensión que existe entre el establecimiento de relaciones pacíficas sostenibles entre los grupos contendientes en un país, y el procesamiento de los miembros de esos grupos por abusos de los derechos humanos o crímenes de guerra o ambas cosas. El segundo es el importante papel que desempeña la comunidad internacional en cuanto a respaldar o socavar las normas que ayudarían a integrar las prácticas de derechos humanos y las de solución de conflictos.
La contraposición de la rendición de cuentas y la inclusión es un desafío predominante no solo después de la firma de un acuerdo de paz, sino en todas las fases de un conflicto.
Una de las cuestiones más problemáticas que surgen en el período posterior a la concertación de un acuerdo de paz es la manera en que han de tratarse los crímenes de guerra y los abusos de los derechos humanos cometidos por el Gobierno anterior. En tanto que los defensores de los derechos humanos presionan para que se rindan cuentas de los crímenes cometidos y se impongan castigos para evitar abusos ulteriores, a los partidarios de la solución del conflicto les preocupa la posibilidad de que el castigo de los perpetradores ocasione más desintegración de la sociedad, lo cual dificultaría más el proceso de restablecimiento.
Una de las conclusiones interesantes de nuestros estudios de caso es que el desacuerdo acerca de si se debe castigar o rehabilitar a los perpetradores ocurre no solo después de concertado un acuerdo, sino también en todas las demás fases del conflicto. En Colombia, donde persiste la violencia y no se ha logrado acuerdo, esta tensión se manifiesta en la respuesta del Gobierno a los guerrilleros, en particular a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Uno de los redactores de nuestro estudio afirma que aunque los líderes de las FARC desean genuinamente la inclusión y la dignidad, han llegado a considerar la violencia como única vía por la que pueden participar en un Gobierno del que, a lo largo de generaciones, han sido apartados por los liberales y los conservadores.