Así, la publicidad falsa o engañosa es asociada a una multa de hasta 1.500 UTM (antes 750) y de hasta 2.250 UTM (antes 1000) si el error o engaño incide sobre las cualidades del producto o servicio que afectan la salud o la seguridad de la población o el medio ambiente (art. 24 LPDC).
Respuesta:
Así, la publicidad falsa o engañosa es asociada a una multa de hasta 1.500 UTM (antes 750) y de hasta 2.250 UTM (antes 1000) si el error o engaño incide sobre las cualidades del producto o servicio que afectan la salud o la seguridad de la población o el medio ambiente (art. 24 LPDC).
Explicación:
es lo que investigue, ojala te ayude :D