Se viola la privacidad de los integrantes de una red.
andreadicto
La mayoría de las actuaciones iniciadas por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires relacionadas con Internet se refieren a denuncias por facturación, publicidad engañosa y contratos abusivos con los que algunos servidores apresan a sus clientes.Los reclamos por la utilización indebida de los datos personales van más allá de Internet. En realidad, el mercadeo en sus diversas formas utiliza desde hace tiempo formas legítimas y de las otras para apropiarse de bases de datos, que contienen información sobre la vida privada de las personas, sus domicilios, teléfonos, profesiones, edades, gustos y actividades diversas.Ese acopio de información llega al paroxismo en la red de redes con la ampliación exponencial de la base, su mundialización y su manipulación por la tecnología moderna.Los "navegantes" se ven virtualmente forzados a ceder todas sus referencias personales, que pasan a constituir un reservorio de información. Esta concesión gratuita, paradójicamente, va redituando valor a sus nuevos poseedores. Incluso se recurre al estímulo de "cadenas de la suerte", que no son otra cosa que un listado de miles de direcciones de correo, cuyos titulares están expuestos a recibir, en el mejor de los casos, un bombardeo de correspondencia basura.En defensa de los derechos de las ciudadanas y ciudadanos a preservar su vida privada, tanto del avance de los nuevos medios como de la intrusión de los más tradicionales, los constituyentes incorporamos la figura del hábeas data al reformar la Carta Magna en 1994.El mismo instituto es garantizado por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, cuando prescribe "el derecho a la privacidad, intimidad y confidencialidad como parte inviolable de la dignidad humana".La ley que reglamenta el artículo 43 de la Constitución Nacional estableció que la recolección de datos no puede hacerse por medios desleales ni fraudulentos. Al mismo tiempo, prohíbe la formación de archivos con los llamados datos sensibles, referidos a las opiniones políticas, religiosas, filosóficas y morales, además de los vinculados con el origen racial y étnico, a la salud o a la sexualidad de las personas.Por otra parte, las instituciones que organizan estos archivos están obligadas por la ley a guardar el secreto profesional, son responsables de adoptar las medidas para garantizar la seguridad y confidencialidad de la base de datos a su cargo y no pueden venderla o cederla sin el consentimiento del titular.Para que estas limitaciones a la manipulación de los datos personales tengan plena vigencia, se requiere avanzar en la conformación del organismo de control de archivos, bancos, registros o encuestas personales que estableció la ley 25.326. Paralelamente con su puesta en marcha, es importante realizar una campaña de difusión sobre los derechos de los ciudadanos respecto de esta nueva forma de contaminación que implica el uso y el abuso de registros de su vida privada.