Respuesta:
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo
Equipos de protección individual o personal (EPI). Definición.
Se entiende por EPI, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para
que lo proteja de uno o más riesgos que puedan amenazar su seguridad y/o su salud, así como
cualquier complemento destinado al mismo fin.
Los EPI son pues elementos de protección individuales del trabajador, muy extendidos y
utilizados en cualquier tipo de trabajo y cuya eficacia depende, en gran parte, de su correcta
elección y de un mantenimiento adecuado del mismo.
Se excluyen de esta definición:
• La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente
destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
• Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
• Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las
personas de los servicios de mantenimiento del orden.
• Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.
• El material de deporte.
• El material de defensa o de disuasión.
• Los aparatos portátiles para la detección o señalización de los riesgos y de los
factores de molestia.
Según la definición y para tener la condición de EPI es necesario hacer las siguientes
consideraciones:
El EPI no tiene por finalidad realizar una tarea o actividad sino protegernos de los
riesgos que presenta la tarea o actividad. Por tanto, no tendrán la consideración de EPI, las
herramientas o útiles aunque los mismos estén diseñados para proteger contra un determinado
riesgo (herramientas eléctricas aislantes, etc.).
El EPI debe ser llevado o sujetado por el trabajador y utilizado de la forma prevista por el
fabricante.
El EPI debe ser elemento de protección para el que lo utiliza, no para la protección de
productos o personas ajenas.
Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual
PROTECTORES DE LA CABEZA
• Cascos de seguridad (obras públicas y construcción, minas e industrias diversas).
• Cascos de protección contra choques e impactos.
• Prendas de protección para la cabeza (gorros, gorras, sombreros, etc., de tejido, de
tejido recubierto, etc.).
• Cascos para usos especiales (fuego, productos químicos, etc.).
PROTECTORES DEL OÍDO
• Protectores auditivos tipo “tapones”.
• Protectores auditivos desechables o reutilizables.
• Protectores auditivos tipo “orejeras”, con arnés de cabeza, bajo la barbilla o la nuca.
• Cascos antirruido.
• Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección para la industria.
• Protectores auditivos dependientes del nivel.
• Protectores auditivos con aparatos de intercomunicación.
PROTECTORES DE LOS OJOS Y DE LA CARA
• Gafas de montura “universal”.
• Gafas de montura “integral” (uni o biocular).
• Gafas de montura “cazoletas”.
• Pantallas faciales.
• Pantallas para soldadura (de mano, de cabeza, acoplables a casco de protección para
la industria).
PROTECCIÓN DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS
• Equipos filtrantes de partículas (molestas, nocivas, tóxicas o radiactivas).
• Equipos filtrantes frente a gases y vapores.
• Equipos filtrantes mixtos.
• Equipos aislantes de aire libre.
• Equipos aislantes con suministro de aire.
• Equipos respiratorios con casco o pantalla para soldadura.
• Equipos respiratorios con máscara amovible para soldadura.
• Equipos de submarinismo.
PROTECTORES DE MANOS Y BRAZOS
• Guantes contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones).
• Guantes contra las agresiones químicas.
• Guantes contra las agresiones de origen eléctrico.
• Guantes contra las agresiones de origen térmico.
• Manoplas.
• Manguitos y mangas.
PROTECTORES DE PIES Y PIERNAS
• Calzado de seguridad.
• Calzado de protección.
• Calzado de trabajo.
• Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor.
• Calzado y cubrecalzado de protección contra el frío.
• Calzado frente a la electricidad.
• Calzado de protección contra las motosierras.
• Protectores amovibles del empeine.
• Polainas.
• Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación o antitranspiración).
• Rodilleras.
PROTECTORES DE LA PIEL
• Cremas de protección y pomadas.
PROTECTORES DEL TRONCO Y EL ABDOMEN
• Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones mecánicas
(perforaciones, cortes, proyecciones de metales en fusión).
• Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones químicas.
Explicación:
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
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Respuesta:
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo
Equipos de protección individual o personal (EPI). Definición.
Se entiende por EPI, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para
que lo proteja de uno o más riesgos que puedan amenazar su seguridad y/o su salud, así como
cualquier complemento destinado al mismo fin.
Los EPI son pues elementos de protección individuales del trabajador, muy extendidos y
utilizados en cualquier tipo de trabajo y cuya eficacia depende, en gran parte, de su correcta
elección y de un mantenimiento adecuado del mismo.
Se excluyen de esta definición:
• La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente
destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
• Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
• Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las
personas de los servicios de mantenimiento del orden.
• Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.
• El material de deporte.
• El material de defensa o de disuasión.
• Los aparatos portátiles para la detección o señalización de los riesgos y de los
factores de molestia.
Según la definición y para tener la condición de EPI es necesario hacer las siguientes
consideraciones:
El EPI no tiene por finalidad realizar una tarea o actividad sino protegernos de los
riesgos que presenta la tarea o actividad. Por tanto, no tendrán la consideración de EPI, las
herramientas o útiles aunque los mismos estén diseñados para proteger contra un determinado
riesgo (herramientas eléctricas aislantes, etc.).
El EPI debe ser llevado o sujetado por el trabajador y utilizado de la forma prevista por el
fabricante.
El EPI debe ser elemento de protección para el que lo utiliza, no para la protección de
productos o personas ajenas.
Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual
PROTECTORES DE LA CABEZA
• Cascos de seguridad (obras públicas y construcción, minas e industrias diversas).
• Cascos de protección contra choques e impactos.
• Prendas de protección para la cabeza (gorros, gorras, sombreros, etc., de tejido, de
tejido recubierto, etc.).
• Cascos para usos especiales (fuego, productos químicos, etc.).
PROTECTORES DEL OÍDO
• Protectores auditivos tipo “tapones”.
• Protectores auditivos desechables o reutilizables.
• Protectores auditivos tipo “orejeras”, con arnés de cabeza, bajo la barbilla o la nuca.
• Cascos antirruido.
• Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección para la industria.
• Protectores auditivos dependientes del nivel.
• Protectores auditivos con aparatos de intercomunicación.
PROTECTORES DE LOS OJOS Y DE LA CARA
• Gafas de montura “universal”.
• Gafas de montura “integral” (uni o biocular).
• Gafas de montura “cazoletas”.
• Pantallas faciales.
• Pantallas para soldadura (de mano, de cabeza, acoplables a casco de protección para
la industria).
PROTECCIÓN DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS
• Equipos filtrantes de partículas (molestas, nocivas, tóxicas o radiactivas).
• Equipos filtrantes frente a gases y vapores.
• Equipos filtrantes mixtos.
• Equipos aislantes de aire libre.
• Equipos aislantes con suministro de aire.
• Equipos respiratorios con casco o pantalla para soldadura.
• Equipos respiratorios con máscara amovible para soldadura.
• Equipos de submarinismo.
PROTECTORES DE MANOS Y BRAZOS
• Guantes contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones).
• Guantes contra las agresiones químicas.
• Guantes contra las agresiones de origen eléctrico.
• Guantes contra las agresiones de origen térmico.
• Manoplas.
• Manguitos y mangas.
PROTECTORES DE PIES Y PIERNAS
• Calzado de seguridad.
• Calzado de protección.
• Calzado de trabajo.
• Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor.
• Calzado y cubrecalzado de protección contra el frío.
• Calzado frente a la electricidad.
• Calzado de protección contra las motosierras.
• Protectores amovibles del empeine.
• Polainas.
• Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación o antitranspiración).
• Rodilleras.
PROTECTORES DE LA PIEL
• Cremas de protección y pomadas.
PROTECTORES DEL TRONCO Y EL ABDOMEN
• Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones mecánicas
(perforaciones, cortes, proyecciones de metales en fusión).
• Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones químicas.
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