Tanto desde el punto de vista teórico como del práctico, la relación de causalidad es, sin duda, el presupuesto más problemático y, quizá, menos tratado del Derecho de la Responsabilidad Civil. Enrevesada, difícil, compleja, tormentosa, insoluble, angustiosa, multiforme, enigmática y ambigua, son algunas de las características (o adjetivos calificativos) con que, comúnmente, se señalan las cualidades (más bien abstractas) atribuidas a la causalidad (en tanto sustantivo). No obstante, la distinción entre causalidad e imputación objetiva resurgida en los últimos años y de gran predicamento en el Derecho Penal, aporta un halo de aire fresco que no se puede soslayar.
Palabras clave: causalidad, autoría del daño, extensión del resarcimiento
Respuesta:
Tanto desde el punto de vista teórico como del práctico, la relación de causalidad es, sin duda, el presupuesto más problemático y, quizá, menos tratado del Derecho de la Responsabilidad Civil. Enrevesada, difícil, compleja, tormentosa, insoluble, angustiosa, multiforme, enigmática y ambigua, son algunas de las características (o adjetivos calificativos) con que, comúnmente, se señalan las cualidades (más bien abstractas) atribuidas a la causalidad (en tanto sustantivo). No obstante, la distinción entre causalidad e imputación objetiva resurgida en los últimos años y de gran predicamento en el Derecho Penal, aporta un halo de aire fresco que no se puede soslayar.
Palabras clave: causalidad, autoría del daño, extensión del resarcimiento