Las reformas a las constitución de 1886 son expresión y germen de los conflictos acontecidos a lo largo del territorio nacional, intento de instauración de un marco normativo que propicie la primacía de un grupo con ciertas características sobre el que se dedica a ser su envés (liberales – conservadores). La fuerza imperante no está dispuesta a hacer concesiones jurídicas que pueda ganar en un campo de batalla, de manera que toda reforma constitucional debe pasar por lar armas.
República conservadora
La reforma constitucional de Rafael Reyes, una revalidación del autoritarismo de la regeneración, es consecuencia de la victoria conservadora de la guerra de los mil días que termino en una derechización del estado, Reyes convoca a Asamblea Constituyente, clausura el congreso y da comienzo a su reformismo constitucional, eliminando la vicepresidencia, el consejo de estado y facilita el proceso de reforma constitucional, además de impedir una posible oposición liberal concediéndoles espacio en la burocracia bajo el principio de representación proporcional, creando así, un marco constitucional para su autoritarismo.
La Unión republicana, una coalición de conservadores disidentes y liberales intenta deponer a Reyes tras lo cual renuncia el 15 de marzo de 1909, se convoca a una constituyente tendiente a restaurar la constitución de 1886 aunque a la manera de la unión republicana, a manera de contrarreforma. Con la reforma se modera el centralismo, regula el presidencialismo y concede libertades públicas, como la invención de la acción pública de inxequebilidad, generalizando el control constitucional.
República liberal
Las reformas de la república liberal redundan el naciente proletariado, resultado de una creciente industria, son una suerte de modernización del estado en busque de la contención del poder popular mediante una concesión ínfima de derechos en relación con los que podría obtener en el campo de batalla. se concede la universalidad del voto, sin mas restricciones que la de ser barón y tener 21 años, se subordinan los derechos de propiedad a los derechos de carácter social, y se promulga la ley 200 de 1936, ley que pretende una reforma agraria, la cual pretende concederle al ocupante de un gran latifundio improductivo el carácter de propietario sobre el dueño formal del terreno.
Frente nacional
Laureano Gómez presidente electo para el periodo de 1950-54, intento aplicar el precedente de reyes, convoco a una Asamblea Constituyente cuyo proyecto de reforma gozaba de grandes restricciones, base de un intento de autoritarismo, cuyo propósito era de lidiar con la Violencia. En 1953 miembros del partido liberal y una fracción del conservador auspician un golpe de estado liderado por el comandante del ejército Gustavo Rojas Pinilla, al que se le concede legitimidad jurídica y se le faculta para expedición de nuevas reformas constitucionales. El mandato de Rojas Pinilla resulto ineficaz en la erradicación de la Violencia y tras la gran concesión de facultades se convirtió en dictadura, como respuesta, se instaura una coalición bipartidista enfocada a terminar con la Violencia, reconciliar el país y restaurar el sistema constitucional mediante un plebiscito. Los acuerdos bipartidistas se traducen a un proyecto constitucional que tras la entrega del poder por parte de Rojas Pinilla, se dispone a hacerse constitución por medio de un estado de sitio y sometiéndose a refrendación popular a través de plebiscito, las características de la enmienda plebiscitaria son : un nuevo preámbulo para la constitución, ratificación de la constitución de 1886, además de estructurar su carácter monopolístico con la alternación en el mando presidencial entre los dos partidos y paridad burocrática.
Se concluye que las reformas a la constitución de 1886 son en ultimas pugna por al validación formal del poder ganado en el capo de batalla, con la característica de que la pugna se efectúa al interior del estado y entre los actores que podrían interpretarse como su sustento, las élites.
Las reformas a las constitución de 1886 son expresión y germen de los conflictos acontecidos a lo largo del territorio nacional, intento de instauración de un marco normativo que propicie la primacía de un grupo con ciertas características sobre el que se dedica a ser su envés (liberales – conservadores). La fuerza imperante no está dispuesta a hacer concesiones jurídicas que pueda ganar en un campo de batalla, de manera que toda reforma constitucional debe pasar por lar armas.
República conservadora
La reforma constitucional de Rafael Reyes, una revalidación del autoritarismo de la regeneración, es consecuencia de la victoria conservadora de la guerra de los mil días que termino en una derechización del estado, Reyes convoca a Asamblea Constituyente, clausura el congreso y da comienzo a su reformismo constitucional, eliminando la vicepresidencia, el consejo de estado y facilita el proceso de reforma constitucional, además de impedir una posible oposición liberal concediéndoles espacio en la burocracia bajo el principio de representación proporcional, creando así, un marco constitucional para su autoritarismo.
La Unión republicana, una coalición de conservadores disidentes y liberales intenta deponer a Reyes tras lo cual renuncia el 15 de marzo de 1909, se convoca a una constituyente tendiente a restaurar la constitución de 1886 aunque a la manera de la unión republicana, a manera de contrarreforma. Con la reforma se modera el centralismo, regula el presidencialismo y concede libertades públicas, como la invención de la acción pública de inxequebilidad, generalizando el control constitucional.
República liberal
Las reformas de la república liberal redundan el naciente proletariado, resultado de una creciente industria, son una suerte de modernización del estado en busque de la contención del poder popular mediante una concesión ínfima de derechos en relación con los que podría obtener en el campo de batalla. se concede la universalidad del voto, sin mas restricciones que la de ser barón y tener 21 años, se subordinan los derechos de propiedad a los derechos de carácter social, y se promulga la ley 200 de 1936, ley que pretende una reforma agraria, la cual pretende concederle al ocupante de un gran latifundio improductivo el carácter de propietario sobre el dueño formal del terreno.
Frente nacional
Laureano Gómez presidente electo para el periodo de 1950-54, intento aplicar el precedente de reyes, convoco a una Asamblea Constituyente cuyo proyecto de reforma gozaba de grandes restricciones, base de un intento de autoritarismo, cuyo propósito era de lidiar con la Violencia. En 1953 miembros del partido liberal y una fracción del conservador auspician un golpe de estado liderado por el comandante del ejército Gustavo Rojas Pinilla, al que se le concede legitimidad jurídica y se le faculta para expedición de nuevas reformas constitucionales. El mandato de Rojas Pinilla resulto ineficaz en la erradicación de la Violencia y tras la gran concesión de facultades se convirtió en dictadura, como respuesta, se instaura una coalición bipartidista enfocada a terminar con la Violencia, reconciliar el país y restaurar el sistema constitucional mediante un plebiscito. Los acuerdos bipartidistas se traducen a un proyecto constitucional que tras la entrega del poder por parte de Rojas Pinilla, se dispone a hacerse constitución por medio de un estado de sitio y sometiéndose a refrendación popular a través de plebiscito, las características de la enmienda plebiscitaria son : un nuevo preámbulo para la constitución, ratificación de la constitución de 1886, además de estructurar su carácter monopolístico con la alternación en el mando presidencial entre los dos partidos y paridad burocrática.
Se concluye que las reformas a la constitución de 1886 son en ultimas pugna por al validación formal del poder ganado en el capo de batalla, con la característica de que la pugna se efectúa al interior del estado y entre los actores que podrían interpretarse como su sustento, las élites.