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Son considerados ciudadanos colombianos todos aquellos individuos hayan nacido en Colombia, quienes sean hijos de padres colombianos, personas nacidas fuera de Colombia hijos de padres colombianos o los que adquieren la nacionalidad por adopción y el Estado colombiano, (regulado por el artículo 96 de la Constitución de Colombia de 199112 y el Acto Legislativo 1 del 25 de enero de 2002).