Respuesta:
Artículo 42. - La emisión de billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado, quien la ejerce por intermedio del Banco.
Los demás no podemos porque no estamos especializados y no tenemos autorización
Explicación:
solo el gobierno o el banco de la republica son los únicos que pueden hacer billetes y los demás no por que no tenemos la autorización
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Artículo 42. - La emisión de billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado, quien la ejerce por intermedio del Banco.
Los demás no podemos porque no estamos especializados y no tenemos autorización
Explicación:
solo el gobierno o el banco de la republica son los únicos que pueden hacer billetes y los demás no por que no tenemos la autorización