En Perú, el Presidente está facultado a conceder el "derecho de gracia", que se aplica a los procesados y es análogo al indulto. Según la ley 28760 está prohibido conceder el indulto o derecho de gracia a personas condenadas por delito de secuestro y extorsión, así como a los procesados por tales delitos.
En Perú, el Presidente está facultado a conceder el "derecho de gracia", que se aplica a los procesados y es análogo al indulto. Según la ley 28760 está prohibido conceder el indulto o derecho de gracia a personas condenadas por delito de secuestro y extorsión, así como a los procesados por tales delitos.
Espero haberte ayudado ;v