Promulgar y ejecutar las leyes hechas por los senadores y diputados.
Nombrar y remover a los miembros del gabinete.
Nombrar a coroneles o cónsules, los cuales deben ser aprobados por el Senado.
Designar, previa ratificación del Senado, al Procurador General de la República.
Declarar la guerra en nombre de México y activar a las fuerzas armadas para mantener la seguridad nacional.
Manejar la política exterior y celebrar tratados con dirigentes de otros países.
Convocar a sesiones extraordinarias del Congreso.
Conceder indultos a reos o privilegios limitados a inventores o descubridores.
Enviar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (artículo 26)
Otorgar concesiones para el uso y aprovechamiento de recursos que son del dominio de la nación a excepción de la radiodifusión y telecomunicaciones. (artículo 27)
Reglamentar la extracción y utilización de las aguas del subsuelo y establecer zonas reservadas. (artículo 27)
Perseguir delitos, ejercer la acción penal e intervenir como parte en los juicios de amparo. (artículo 108)
Respuesta:
Promulgar y ejecutar las leyes hechas por los senadores y diputados.
Nombrar y remover a los miembros del gabinete.
Nombrar a coroneles o cónsules, los cuales deben ser aprobados por el Senado.
Designar, previa ratificación del Senado, al Procurador General de la República.
Declarar la guerra en nombre de México y activar a las fuerzas armadas para mantener la seguridad nacional.
Manejar la política exterior y celebrar tratados con dirigentes de otros países.
Convocar a sesiones extraordinarias del Congreso.
Conceder indultos a reos o privilegios limitados a inventores o descubridores.
Enviar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (artículo 26)
Otorgar concesiones para el uso y aprovechamiento de recursos que son del dominio de la nación a excepción de la radiodifusión y telecomunicaciones. (artículo 27)
Reglamentar la extracción y utilización de las aguas del subsuelo y establecer zonas reservadas. (artículo 27)
Perseguir delitos, ejercer la acción penal e intervenir como parte en los juicios de amparo. (artículo 108)