Para considerarse legalmente reunidas, en las ordinarias debe estar representada, por lo menos, la mitad del capital social, y las resoluciones solo son válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes, mientras que en las extraordinarias es obligatorio contar con la asistencia de las tres cuartas partes
Respuesta:
Para considerarse legalmente reunidas, en las ordinarias debe estar representada, por lo menos, la mitad del capital social, y las resoluciones solo son válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes, mientras que en las extraordinarias es obligatorio contar con la asistencia de las tres cuartas partes
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