políticos a entidades de interés público creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación
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Velezwilson
Se entienden como partidos políticos a entidades de interés público creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación ...
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de
Organizaciones Políticas. Salvo disposición legal distinta, sólo éstos gozan de las prerrogativas y
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de
Organizaciones Políticas. Salvo disposición legal distinta, sólo éstos gozan de las prerrogativas y
derechos establecidos en la presente ley.
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políticos a entidades de interés público creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación
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Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley.
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley. La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley. La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de Organizaciones Políticas. Salvo disposición legal distinta, sólo éstos gozan de las prerrogativas y
Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, y a los procesos electorales. Son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático. Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de la presente ley. La denominación “partido” se reserva a los reconocidos como tales por el Registro de Organizaciones Políticas. Salvo disposición legal distinta, sólo éstos gozan de las prerrogativas y derechos establecidos en la presente ley.