Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho, y en consecuencia, deben gozar de todos los derechos fundamentales consagrados a favor de las personas, especialmente aquellos que les corresponden en su condición de persona en desarrollo. En República Dominicana, estos derechos están consagrados en la Constitución y Leyes vigentes:
Constitución de la República Dominicana, artículos 55 y 56.
Ley No. 136-03, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece en su articulado el compromiso del Estado dominicano para garantizar la protección de los Derechos Fundamentales de Supervivencia, Desarrollo, Participación y Protección Especial a través del establecimiento de un Sistema Nacional de Protección.
Ley No. 66-97 Ley General de Educación.
Ley No. 42-01 Ley General de Salud.
Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en sus artículos 51, 52, 64, 66, 71, 73 y 75 con relación a la protección de pensión por sobrevivencia; 123, 125-128 relativo a cobertura de salud y 134-139 concerniente a los servicios de estancias infantiles.
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución 44/25, de fecha 20 de noviembre de 1989 y ratificada por la República Dominicana en 1991. Es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales
Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho, y en consecuencia, deben gozar de todos los derechos fundamentales consagrados a favor de las personas, especialmente aquellos que les corresponden en su condición de persona en desarrollo. En República Dominicana, estos derechos están consagrados en la Constitución y Leyes vigentes:
Constitución de la República Dominicana, artículos 55 y 56.
Ley No. 136-03, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece en su articulado el compromiso del Estado dominicano para garantizar la protección de los Derechos Fundamentales de Supervivencia, Desarrollo, Participación y Protección Especial a través del establecimiento de un Sistema Nacional de Protección.
Ley No. 66-97 Ley General de Educación.
Ley No. 42-01 Ley General de Salud.
Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en sus artículos 51, 52, 64, 66, 71, 73 y 75 con relación a la protección de pensión por sobrevivencia; 123, 125-128 relativo a cobertura de salud y 134-139 concerniente a los servicios de estancias infantiles.
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución 44/25, de fecha 20 de noviembre de 1989 y ratificada por la República Dominicana en 1991. Es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales