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De acuerdo con la normativa, se entiende por foco canalizado a la atmósfera, toda salida vehiculada de descarga de contaminantes hacia la atmósfera tanto si es continua como puntual y tanto si la emisión procede de un único proceso o bien de diferentes procesos.Asimismo, se considerarán focos emisores a la atmósfera tanto los focos de emisión sistemática como los de emisión no sistemática.