Según la Convención de los Derechos del Niño de 1989, uno de los derechos básico de todo niño o niña es el de tener una familia. Cuando la familia biológica no puede proporcionarles los cuidados necesarios para vivir y desarrollarse en su propio seno, puede ser dado en adopción, de forma que esos cuidados sean, entonces, proporcionados por una familia adoptiva.
Con la adopción se trata de buscar el interés superior del menor, proporcionándole una familia. No se trata de dar solución al deseo o necesidad de los adultos de ser padres o madres, aunque ellos también se verán beneficiados, cumpliendo su anhelo de paternidad o maternidad.
Por tanto, nos encontramos ante una tríada: los menores, los padres biológicos y los padres adoptivos. O dicho de otra forma, tenemos,
Que diferencia hay entre la familia biológica y adoptiva
Jurídicamente, se entiende como adopción o filiación adoptiva el acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre una o dos personas, de tal forma que establece entre ellas una relación de paternidad o de maternidad.
Respuesta:
Según la Convención de los Derechos del Niño de 1989, uno de los derechos básico de todo niño o niña es el de tener una familia. Cuando la familia biológica no puede proporcionarles los cuidados necesarios para vivir y desarrollarse en su propio seno, puede ser dado en adopción, de forma que esos cuidados sean, entonces, proporcionados por una familia adoptiva.
Con la adopción se trata de buscar el interés superior del menor, proporcionándole una familia. No se trata de dar solución al deseo o necesidad de los adultos de ser padres o madres, aunque ellos también se verán beneficiados, cumpliendo su anhelo de paternidad o maternidad.
Por tanto, nos encontramos ante una tríada: los menores, los padres biológicos y los padres adoptivos. O dicho de otra forma, tenemos,
Explicación:
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Que diferencia hay entre la familia biológica y adoptiva
Jurídicamente, se entiende como adopción o filiación adoptiva el acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre una o dos personas, de tal forma que establece entre ellas una relación de paternidad o de maternidad.
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espero haberte ayudado