ATAQUES A PUEBLOS YAQUI VULNERAN LA LIBERTAD DE EXPRECION
México D.F. a 6 de agosto de 2014.- La orden de aprehensión contra Mario Luna, vocero e integrante de la comunidad yaqui, por parte del Gobierno de Sonora, “está posiblemente vinculada directamente a la manifestación de sus ideas como oposición al proyecto ‘Acueducto Independencia’, violentando gravemente el derecho a la libertad de expresión, establecido en la Constitución”, sostiene Darío Ramírez director de Article 19 México.
Durante la presentación del documento Principios relativos a la libertad de expresión y a los derechos al agua y saneamiento, el director de Article 19 aseguró que el caso de los yaquis es emblemático pues expilca las innumerables violaciones y el trato injusto y degradante que ha recibido la comunidad indígena originaria de Sonora, que ha manifestado total rechazo a la construcción del acueducto en Sonora, por el gobierno estatal a cargo de Guillermo Padrés Elías, quien en lugar de garantizar el derecho a la información, persigue las voces de disenso.
En el acto dialogaron Barbora Bukovská, Directora de Legal y Política de la Oficina Internacional de Article 19, Andrea Cerami del CEMDA, Claudia Campero Coordinadora en Latinoamérica de Blue Planet Project y Food and Water Watch in Mexico y el mismo Mario Luna, secretario de las autoridades tradicionales del pueblo de Vicam de la tribu yaqui, destacando las diversas violaciones en materia de derecho al agua y a la libertad de expresión ahora contenidos en los principios señalados.
«No hay certezas de que pueda hacerse justicia a la sociedad, debido a una campaña de odio por parte del gobernador Padrés hacia la comunidad yaqui» refirió Mario Luna, quien acusó que con estas acciones se violenta directamente el Derecho al agua en Sonora.
Entre las violaciones más graves se encuentra la falta de acceso a la información y transparencia sobre el diseño y el impacto del acueducto en la tribu y la sustentabilidad del recurso; la falta de acceso a los medios de comunicación estatales y nacionales para un debate público adecuado; las amenazas a activistas involucrados en la oposición al proyecto; la criminalización de la protesta pacífica y el derecho a la consulta, y la persecución a los voceros, todo según declaraciones de testigos que se contradicen en las declaraciones.
En 2010, el gobierno de Sonora impulsó la licitación y concesión para la construcción y operación del Acueducto Independencia que pretendía trasvasar desde la presa “El Novillo” millones de metros cúbicos de la cuenca del río Yaqui a la del río Sonora (de acuerdo con un decreto de 1940, 50 % del caudal del rio Yaqui pertenece a la tribu). En 2011, la SEMARNAT otorgó autorización para el desarrollo y en ese mismo año, la tribu yaqui presentó una demanda de amparo en contra de este permiso argumentando que no se había garantizado el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas. El 8 de mayo de 2013, la Suprema Corte de Justicia otorgó el amparo declarando insubsistente la autorización de impacto ambiental al considerar que se habían violado los estándares internacionales sobre la consulta y ordenando a llevarla a cabo
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ATAQUES A PUEBLOS YAQUI VULNERAN LA LIBERTAD DE EXPRECION
México D.F. a 6 de agosto de 2014.- La orden de aprehensión contra Mario Luna, vocero e integrante de la comunidad yaqui, por parte del Gobierno de Sonora, “está posiblemente vinculada directamente a la manifestación de sus ideas como oposición al proyecto ‘Acueducto Independencia’, violentando gravemente el derecho a la libertad de expresión, establecido en la Constitución”, sostiene Darío Ramírez director de Article 19 México.
Durante la presentación del documento Principios relativos a la libertad de expresión y a los derechos al agua y saneamiento, el director de Article 19 aseguró que el caso de los yaquis es emblemático pues expilca las innumerables violaciones y el trato injusto y degradante que ha recibido la comunidad indígena originaria de Sonora, que ha manifestado total rechazo a la construcción del acueducto en Sonora, por el gobierno estatal a cargo de Guillermo Padrés Elías, quien en lugar de garantizar el derecho a la información, persigue las voces de disenso.
En el acto dialogaron Barbora Bukovská, Directora de Legal y Política de la Oficina Internacional de Article 19, Andrea Cerami del CEMDA, Claudia Campero Coordinadora en Latinoamérica de Blue Planet Project y Food and Water Watch in Mexico y el mismo Mario Luna, secretario de las autoridades tradicionales del pueblo de Vicam de la tribu yaqui, destacando las diversas violaciones en materia de derecho al agua y a la libertad de expresión ahora contenidos en los principios señalados.
«No hay certezas de que pueda hacerse justicia a la sociedad, debido a una campaña de odio por parte del gobernador Padrés hacia la comunidad yaqui» refirió Mario Luna, quien acusó que con estas acciones se violenta directamente el Derecho al agua en Sonora.
Entre las violaciones más graves se encuentra la falta de acceso a la información y transparencia sobre el diseño y el impacto del acueducto en la tribu y la sustentabilidad del recurso; la falta de acceso a los medios de comunicación estatales y nacionales para un debate público adecuado; las amenazas a activistas involucrados en la oposición al proyecto; la criminalización de la protesta pacífica y el derecho a la consulta, y la persecución a los voceros, todo según declaraciones de testigos que se contradicen en las declaraciones.
En 2010, el gobierno de Sonora impulsó la licitación y concesión para la construcción y operación del Acueducto Independencia que pretendía trasvasar desde la presa “El Novillo” millones de metros cúbicos de la cuenca del río Yaqui a la del río Sonora (de acuerdo con un decreto de 1940, 50 % del caudal del rio Yaqui pertenece a la tribu). En 2011, la SEMARNAT otorgó autorización para el desarrollo y en ese mismo año, la tribu yaqui presentó una demanda de amparo en contra de este permiso argumentando que no se había garantizado el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas. El 8 de mayo de 2013, la Suprema Corte de Justicia otorgó el amparo declarando insubsistente la autorización de impacto ambiental al considerar que se habían violado los estándares internacionales sobre la consulta y ordenando a llevarla a cabo
coronita plis