Entre los principales enunciados de la Constitución de 1869 constaba un período presidencial de seis años, reafirmación de la religión católica como exclusiva en el país negando la libertad de culto, facultad de allanamiento a domicilios en conmoción interna, y pena de muerte por delitos políticos.
Esta fue dictada por una asamblea de idénticas características a la que redactó la Carta de Esclavitud de 1843, con la sola diferencia de que la primera era incondicionalmente fiel al Gral. Juan José Flores, y ésta le era totalmente adicta al Dr. Gabriel García Moreno.
Dicha asamblea se reunió en la ciudad de Quito desde el 19 de mayo hasta el 30 de agosto de 1869, y dictó una Carta Fundamental que proponía, entre otras cosas, que el Presidente de la República duraría en sus funciones por un período de seis años, reelegible indefinidamente luego de una alternatividad entre el segundo y tercer período; disponía además que los senadores actuarían durante nueve años y los diputados durante seis.
Centralizaba totalmente el poder público, de modo tal, que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Cuentas, podían ser nombrados por el presidente «directamente en calidad de interinos».
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esto encontré, ojalá te sirva ^^
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Entre los principales enunciados de la Constitución de 1869 constaba un período presidencial de seis años, reafirmación de la religión católica como exclusiva en el país negando la libertad de culto, facultad de allanamiento a domicilios en conmoción interna, y pena de muerte por delitos políticos.
Respuesta:
Nombre dado a la Constitución de 1869.
Esta fue dictada por una asamblea de idénticas características a la que redactó la Carta de Esclavitud de 1843, con la sola diferencia de que la primera era incondicionalmente fiel al Gral. Juan José Flores, y ésta le era totalmente adicta al Dr. Gabriel García Moreno.
Dicha asamblea se reunió en la ciudad de Quito desde el 19 de mayo hasta el 30 de agosto de 1869, y dictó una Carta Fundamental que proponía, entre otras cosas, que el Presidente de la República duraría en sus funciones por un período de seis años, reelegible indefinidamente luego de una alternatividad entre el segundo y tercer período; disponía además que los senadores actuarían durante nueve años y los diputados durante seis.
Centralizaba totalmente el poder público, de modo tal, que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Cuentas, podían ser nombrados por el presidente «directamente en calidad de interinos».
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