quesillita
Pues un ministerio se puede censurar por no tener un casi o perfecto articulo de asociación a lo que refiere que si no tiene los elementos se puede censurar como lo que pasaría si fuera un ministro por ejemplo
La moción de censura es el procedimiento por el que los partidos con representación en la Cámara Baja de un Parlamento bicameral o en un Parlamento unicameral en pleno de un país o entidad subnacional pueden exigir la responsabilidad política al poder ejecutivo respectivo. También, al menos en el caso de España, puede incoarse este procedimiento a nivel municipal.
Es típico y de gran importancia en los sistemas parlamentarios, en los que es el parlamento quien elige al Presidente del Gobierno o Primer Ministro, pudiendo a través de la moción de censura forzar su sustitución. Aunque no es exclusivo de los sistemas parlamentarios; hay sistemas presidenciales en los que existe el procedimiento pero exclusivamente para destituir a Ministros del Gabinete ejecutivo, pero nunca para destituir al Presidente de la República (que en los sistemas presidencialistas es al mismo tiempo Jefe de Estado y Jefe de Gobierno). La moción de censura no debe ser confundida con el procedimiento de Juicio político (inspirado a su vez en el Impeachment anglosajón) que en casi todos los sistemas presidencialistas es el único mecanismo legal para destituir al Presidente de la República; mientras en la moción de censura la razón para destituir al Primer Ministro o Presidente del Gobierno es la pérdida del respaldo parlamentario al gobierno, en el juicio político la razón no es esa (ya que el Presidente no es elegido por el Parlamento) sino que la Constitución exige que el Presidente haya cometido uno o varios delitos o actos violatorios de la Constitución o las leyes. Además por lo general en el procedimiento de juicio político se exigen unos requisitos o trámites más engorrosos o exigentes que en la moción de censura, y en muchos casos la participación del Poder judicial; y también en algunos casos unas mayorías cualificadas más amplias que la mayoría absoluta (al menos mitad más uno) que se exige generalmente para la moción de censura.
La moción de censura parte de la oposición, normalmente ante un episodio de crisis política que haya provocado la pérdida del respaldo parlamentario mayoritario a la acción del gobierno. Se diferencian dos tipos de moción de censura en función de si se presenta alternativa o no:
Moción de censura destructiva: es aquella que busca la caída del Primer Ministro o Presidente del Gobierno, sin tratar la forma de sustituirle y cubrir el vacío de poder. En un sistema parlamentario habría que proceder después a elegir a un nuevo presidente o primer ministro.Moción de censura constructiva: el grupo del Parlamento que eleva la moción de censura propone a su vez un nuevo Primer Ministro o Presidente del Gobierno, con un programa político propio. De esta forma, la elección no es solamente si se mantiene la confianza en el Primer Ministro o Presidente, sino si se le daría en cambio al que ha sido propuesto en la moción.
Se diferencian dos tipos de moción de censura en función de si se convocan nuevas elecciones o no:
Moción de censura rupturista: Es un tipo de moción de censura, en la que su aprobación supone la el adelanto de las elecciones.Moción de censura continuista: Es un tipo de moción de censura, en la que su aprobación no supone el adelanto de las elecciones sino que continua inalterado el calendario electoral como si nada hubiera pasado, por lo que se realizaría otra votación de investidura en la que un partido podría proponer otro candidato a la presidencia (En sistemas parlamentarios no presidencialistas,
La moción de censura es el procedimiento por el que los partidos con representación en la Cámara Baja de un Parlamento bicameral o en un Parlamento unicameral en pleno de un país o entidad subnacional pueden exigir la responsabilidad política al poder ejecutivo respectivo. También, al menos en el caso de España, puede incoarse este procedimiento a nivel municipal.
Es típico y de gran importancia en los sistemas parlamentarios, en los que es el parlamento quien elige al Presidente del Gobierno o Primer Ministro, pudiendo a través de la moción de censura forzar su sustitución. Aunque no es exclusivo de los sistemas parlamentarios; hay sistemas presidenciales en los que existe el procedimiento pero exclusivamente para destituir a Ministros del Gabinete ejecutivo, pero nunca para destituir al Presidente de la República (que en los sistemas presidencialistas es al mismo tiempo Jefe de Estado y Jefe de Gobierno). La moción de censura no debe ser confundida con el procedimiento de Juicio político (inspirado a su vez en el Impeachment anglosajón) que en casi todos los sistemas presidencialistas es el único mecanismo legal para destituir al Presidente de la República; mientras en la moción de censura la razón para destituir al Primer Ministro o Presidente del Gobierno es la pérdida del respaldo parlamentario al gobierno, en el juicio político la razón no es esa (ya que el Presidente no es elegido por el Parlamento) sino que la Constitución exige que el Presidente haya cometido uno o varios delitos o actos violatorios de la Constitución o las leyes. Además por lo general en el procedimiento de juicio político se exigen unos requisitos o trámites más engorrosos o exigentes que en la moción de censura, y en muchos casos la participación del Poder judicial; y también en algunos casos unas mayorías cualificadas más amplias que la mayoría absoluta (al menos mitad más uno) que se exige generalmente para la moción de censura.
La moción de censura parte de la oposición, normalmente ante un episodio de crisis política que haya provocado la pérdida del respaldo parlamentario mayoritario a la acción del gobierno. Se diferencian dos tipos de moción de censura en función de si se presenta alternativa o no:
Moción de censura destructiva: es aquella que busca la caída del Primer Ministro o Presidente del Gobierno, sin tratar la forma de sustituirle y cubrir el vacío de poder. En un sistema parlamentario habría que proceder después a elegir a un nuevo presidente o primer ministro.Moción de censura constructiva: el grupo del Parlamento que eleva la moción de censura propone a su vez un nuevo Primer Ministro o Presidente del Gobierno, con un programa político propio. De esta forma, la elección no es solamente si se mantiene la confianza en el Primer Ministro o Presidente, sino si se le daría en cambio al que ha sido propuesto en la moción.Se diferencian dos tipos de moción de censura en función de si se convocan nuevas elecciones o no:
Moción de censura rupturista: Es un tipo de moción de censura, en la que su aprobación supone la el adelanto de las elecciones.Moción de censura continuista: Es un tipo de moción de censura, en la que su aprobación no supone el adelanto de las elecciones sino que continua inalterado el calendario electoral como si nada hubiera pasado, por lo que se realizaría otra votación de investidura en la que un partido podría proponer otro candidato a la presidencia (En sistemas parlamentarios no presidencialistas,