En el año 1552 fray Bartolomé de las Casas, en Sevilla, se ocupa de dar a la imprenta ocho de sus principales escritos, entre ellos la Brevíssima relación, compuesta diez años antes: "Y parecióle cosa conveniente ponella en molde, porque su alteza la leyese con más facilidad", explica en su 'Argumento del presente epítome" como asimismo en el "Prólogo" de la obra.13 Su interlocutor inmediato (su alteza) es el príncipe Felipe, más tarde Felipe II (1554-1598), en ese entonces a cargo de los asuntos que concernían a América; un aspecto, deliberadamente omitido por Las Casas, es que ninguno de aquellos textos poseía el correspondiente permiso previo del Consejo de Indias, carecían por lo tanto de licencia o aprobación oficial. Como observa el historiador Francisco Fernández Buey, un cambio de valoración se produce desde el momento en que Las Casas hace públicas por escrito sus opiniones:
Pues en la España de Carlos V una cosa era opinar de palabra, como lo había hecho Las Casas hasta entonces, en juntas, consejos y controversias convocadas por el propio emperador o por el Consejo de Indias (y en cierto modo controladas siempre por la Corona), a pesar de que se haya levantado escrupulosamente acta de lo que dijeran en ella todos los intervinientes, y otra cosa muy distinta publicar por escrito aquellas mismas opiniones, por conocidas que éstas fueran de las autoridades.
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En el año 1552 fray Bartolomé de las Casas, en Sevilla, se ocupa de dar a la imprenta ocho de sus principales escritos, entre ellos la Brevíssima relación, compuesta diez años antes: "Y parecióle cosa conveniente ponella en molde, porque su alteza la leyese con más facilidad", explica en su 'Argumento del presente epítome" como asimismo en el "Prólogo" de la obra.13 Su interlocutor inmediato (su alteza) es el príncipe Felipe, más tarde Felipe II (1554-1598), en ese entonces a cargo de los asuntos que concernían a América; un aspecto, deliberadamente omitido por Las Casas, es que ninguno de aquellos textos poseía el correspondiente permiso previo del Consejo de Indias, carecían por lo tanto de licencia o aprobación oficial. Como observa el historiador Francisco Fernández Buey, un cambio de valoración se produce desde el momento en que Las Casas hace públicas por escrito sus opiniones:
Pues en la España de Carlos V una cosa era opinar de palabra, como lo había hecho Las Casas hasta entonces, en juntas, consejos y controversias convocadas por el propio emperador o por el Consejo de Indias (y en cierto modo controladas siempre por la Corona), a pesar de que se haya levantado escrupulosamente acta de lo que dijeran en ella todos los intervinientes, y otra cosa muy distinta publicar por escrito aquellas mismas opiniones, por conocidas que éstas fueran de las autoridades.
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