Respuesta:
El cierre temporal de un local comercial por parte de la Sunat es una sanción producto de cometer una infracción tributaria, tipificada en el numeral 1 del artículo 174 del código tributario
Explicación:
espero te sirva uwu
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El cierre temporal de un local comercial por parte de la Sunat es una sanción producto de cometer una infracción tributaria, tipificada en el numeral 1 del artículo 174 del código tributario
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