Respuesta:
los nacidos en el territorio de la República Argentina, sus aguas jurisdiccionales o espacio aéreo,
con excepción de los hijos de extranjeros cuyo padre o madre se encontraren en el país como agentes
del servicio exterior o en función oficial de un Estado extranjero o en representación de organismos
interestatales reconocidos por la República, siempre que, conforme a la legislación del Estado cuya
nacionalidad posean los padres, no les correspondiere la nacionalidad argentina;
Explicación:
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
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los nacidos en el territorio de la República Argentina, sus aguas jurisdiccionales o espacio aéreo,
con excepción de los hijos de extranjeros cuyo padre o madre se encontraren en el país como agentes
del servicio exterior o en función oficial de un Estado extranjero o en representación de organismos
interestatales reconocidos por la República, siempre que, conforme a la legislación del Estado cuya
nacionalidad posean los padres, no les correspondiere la nacionalidad argentina;
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