Pese al gran número de estudios dedicados a fray Bartolomé de las Casas, permanecen muchas incógnitas tanto acerca de sus ideas, como de su actuación. En la década de los 1960, Juan Friede lamentaba que las acciones de Las Casas a favor de los indios permanecieran a la sombra de su voluminosa obra como tratadista.1 Según este autor, también se echaba de menos una investigación sobre “la proyección americana de las ideas de este insigne teólogo español”, carencia que Friede se esforzó por colmar con un artículo centrado en la influencia de las teorías lascasianas en los obispos del Nuevo Mundo.2 Dichas lagunas quedan particularmente patentes en un tema de tanta relevancia para la historia de la justicia colonial como el de la institucionalización del cargo de defensor civil de los indios. En efecto, por lo general, los especialistas se han limitado a retomar el contenido del capítulo 90 de la Historia de las Indias en el que el propio Las Casas afirmaba haber sido nombrado “protector universal de todos los indios de Indias” por el cardenal Cisneros en 1517. En vista de ello, Las Casas fue considerado como el primer defensor de indios en la historia de América, sin ahondar mucho en el papel exacto que pudo desempeñar el religioso en un proceso de tanta complejidad.
Pese al gran número de estudios dedicados a fray Bartolomé de las Casas, permanecen muchas incógnitas tanto acerca de sus ideas, como de su actuación. En la década de los 1960, Juan Friede lamentaba que las acciones de Las Casas a favor de los indios permanecieran a la sombra de su voluminosa obra como tratadista.1 Según este autor, también se echaba de menos una investigación sobre “la proyección americana de las ideas de este insigne teólogo español”, carencia que Friede se esforzó por colmar con un artículo centrado en la influencia de las teorías lascasianas en los obispos del Nuevo Mundo.2 Dichas lagunas quedan particularmente patentes en un tema de tanta relevancia para la historia de la justicia colonial como el de la institucionalización del cargo de defensor civil de los indios. En efecto, por lo general, los especialistas se han limitado a retomar el contenido del capítulo 90 de la Historia de las Indias en el que el propio Las Casas afirmaba haber sido nombrado “protector universal de todos los indios de Indias” por el cardenal Cisneros en 1517. En vista de ello, Las Casas fue considerado como el primer defensor de indios en la historia de América, sin ahondar mucho en el papel exacto que pudo desempeñar el religioso en un proceso de tanta complejidad
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Pese al gran número de estudios dedicados a fray Bartolomé de las Casas, permanecen muchas incógnitas tanto acerca de sus ideas, como de su actuación. En la década de los 1960, Juan Friede lamentaba que las acciones de Las Casas a favor de los indios permanecieran a la sombra de su voluminosa obra como tratadista.1 Según este autor, también se echaba de menos una investigación sobre “la proyección americana de las ideas de este insigne teólogo español”, carencia que Friede se esforzó por colmar con un artículo centrado en la influencia de las teorías lascasianas en los obispos del Nuevo Mundo.2 Dichas lagunas quedan particularmente patentes en un tema de tanta relevancia para la historia de la justicia colonial como el de la institucionalización del cargo de defensor civil de los indios. En efecto, por lo general, los especialistas se han limitado a retomar el contenido del capítulo 90 de la Historia de las Indias en el que el propio Las Casas afirmaba haber sido nombrado “protector universal de todos los indios de Indias” por el cardenal Cisneros en 1517. En vista de ello, Las Casas fue considerado como el primer defensor de indios en la historia de América, sin ahondar mucho en el papel exacto que pudo desempeñar el religioso en un proceso de tanta complejidad.
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Pese al gran número de estudios dedicados a fray Bartolomé de las Casas, permanecen muchas incógnitas tanto acerca de sus ideas, como de su actuación. En la década de los 1960, Juan Friede lamentaba que las acciones de Las Casas a favor de los indios permanecieran a la sombra de su voluminosa obra como tratadista.1 Según este autor, también se echaba de menos una investigación sobre “la proyección americana de las ideas de este insigne teólogo español”, carencia que Friede se esforzó por colmar con un artículo centrado en la influencia de las teorías lascasianas en los obispos del Nuevo Mundo.2 Dichas lagunas quedan particularmente patentes en un tema de tanta relevancia para la historia de la justicia colonial como el de la institucionalización del cargo de defensor civil de los indios. En efecto, por lo general, los especialistas se han limitado a retomar el contenido del capítulo 90 de la Historia de las Indias en el que el propio Las Casas afirmaba haber sido nombrado “protector universal de todos los indios de Indias” por el cardenal Cisneros en 1517. En vista de ello, Las Casas fue considerado como el primer defensor de indios en la historia de América, sin ahondar mucho en el papel exacto que pudo desempeñar el religioso en un proceso de tanta complejidad
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