Cuando una persona cumple la mayoría de edad -En republica Dominicana a los 18 años- Tiene la potestad de firmar un contrato laboral.
Lo imprescindible es que ambos lo aprueben los menos de 16 años tienen prohibido trabajar aunque tengan la autorización de sus padres.
Cuando un adolescente trabaja, tiene una protección reglamentaria diferente a la de un adulto. Su horario de trabajo debe ser diurno, con una jornada de no mas de 8horas incluyendo el aprendizaje constante que implica su información, y sin horas extras.
ESPERO QUE TE AYUDE YA QUE ME ESFORZE MUCHO EN VER YA QUE NO SE VEIA MUCHO :)
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Cuando una persona cumple la mayoría de edad -En republica Dominicana a los 18 años- Tiene la potestad de firmar un contrato laboral.
Lo imprescindible es que ambos lo aprueben los menos de 16 años tienen prohibido trabajar aunque tengan la autorización de sus padres.
Cuando un adolescente trabaja, tiene una protección reglamentaria diferente a la de un adulto. Su horario de trabajo debe ser diurno, con una jornada de no mas de 8horas incluyendo el aprendizaje constante que implica su información, y sin horas extras.
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