La Subsecretaría de Educación del Distrito Metropolitano de Quito informa que, de conformidad con el instructivo para la aplicación del Régimen de Quimestres, suscrito por la señora Viceministra de Gestión Educativa, el 5 de septiembre de 2012; las vacaciones al término del primer quimestre se cumplirán en un lapso de quince días en la Sierra y Amazonía del 1 al 15 de febrero, debiendo retornar a clases el lunes 18 de febrero.
Estas vacaciones serán descanso obligatorio para los estudiantes durante el periodo previsto. En el caso de los docentes, y atendiendo a la naturaleza de su trabajo, la primera semana del periodo vacacional la destinarán a completar todas las acciones de cierre de evaluación del quimestre, registro de calificaciones, juntas de curso y preparación de los informes de aprendizaje. La segunda semana se acogerán al descanso de fin de quimestre.
La aplicación del Régimen de Quimestres empezó con el inicio del año lectivo 2012-2013 en la Sierra y Amazonía y obedece al mejoramiento de la calidad educativa del país. El control y monitoreo de su fiel cumplimiento es responsabilidad de los Directores Distritales, Coordinadores Zonales y los Subsecretarios de los Distritos de Quito y Guayaquil.
El Art 146 del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural señala “El año lectivo se debe desarrollar en un régimen escolar de dos (2) quimestres en todas las instituciones educativas públicas, fiscomisionales, municipales y particulares, y debe tener una duración mínima de doscientos (200) días de asistencia obligatoria de los estudiantes para el cumplimiento de actividades educativas, contados desde el primer día de clases hasta la finalización de los exámenes del segundo quimestre”.
La Subsecretaría de Educación del Distrito Metropolitano de Quito informa que, de conformidad con el instructivo para la aplicación del Régimen de Quimestres, suscrito por la señora Viceministra de Gestión Educativa, el 5 de septiembre de 2012; las vacaciones al término del primer quimestre se cumplirán en un lapso de quince días en la Sierra y Amazonía del 1 al 15 de febrero, debiendo retornar a clases el lunes 18 de febrero.
Estas vacaciones serán descanso obligatorio para los estudiantes durante el periodo previsto. En el caso de los docentes, y atendiendo a la naturaleza de su trabajo, la primera semana del periodo vacacional la destinarán a completar todas las acciones de cierre de evaluación del quimestre, registro de calificaciones, juntas de curso y preparación de los informes de aprendizaje. La segunda semana se acogerán al descanso de fin de quimestre.
La aplicación del Régimen de Quimestres empezó con el inicio del año lectivo 2012-2013 en la Sierra y Amazonía y obedece al mejoramiento de la calidad educativa del país. El control y monitoreo de su fiel cumplimiento es responsabilidad de los Directores Distritales, Coordinadores Zonales y los Subsecretarios de los Distritos de Quito y Guayaquil.
El Art 146 del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural señala “El año lectivo se debe desarrollar en un régimen escolar de dos (2) quimestres en todas las instituciones educativas públicas, fiscomisionales, municipales y particulares, y debe tener una duración mínima de doscientos (200) días de asistencia obligatoria de los estudiantes para el cumplimiento de actividades educativas, contados desde el primer día de clases hasta la finalización de los exámenes del segundo quimestre”.