julissa38
Caciques. 14 de noviembre de 1698. RP. Inserto el despacho del Superior Gobierno, librado a instancia de don Antonio de Herrera y Guzmán, indio principal, vecino y natural del pueblo de Santiago Momostenango, Totonicapán, para que se le mantenga en el goce del privilegio de Cacique y principal, tanto a él como a sus hijos don Antonio y don José. A1.24 Exp.10214 Leg.1570 Fol.276
Cacique. 20 de enero de 1703. RP. Inserto el auto librado por el Gobierno Superior, para que el alcalde mayor de Chiapas, tenga por reservado y exonerado de tributar al indio Mateo Jiménez, vecino de Chiapa de Indios, por ser principal y cacique. A1.24 Exp. 10217 Leg.1573 Fol.61
Sobre el caso mexicano, Donald E. Chipman explica bien los privilegios que reconoció la Corona española a la familia real Azteca, en su libro titulado: Moctezuma's Children: Aztec Royalty under Spanish Rule, 1520-1700.
Cacique. 20 de enero de 1703. RP. Inserto el auto librado por el Gobierno Superior, para que el alcalde mayor de Chiapas, tenga por reservado y exonerado de tributar al indio Mateo Jiménez, vecino de Chiapa de Indios, por ser principal y cacique. A1.24 Exp. 10217 Leg.1573 Fol.61
Sobre el caso mexicano, Donald E. Chipman explica bien los privilegios que reconoció la Corona española a la familia real Azteca, en su libro titulado: Moctezuma's Children: Aztec Royalty under Spanish Rule, 1520-1700.