a. Iniciativa de reforma constitucional La ciudadanía tiene el derecho de iniciativa para la reforma parcial o total de la constitución. Se requiere la adhesión de un número de ciudadanos equivalentes al 0.3% de la población electoral nacional.
b. Iniciativa en la formación de las leyes Cualquier ciudadano puede presentar ante el Congreso de la República proyectos de ley. La iniciativa debe estar acompañada con no menos del 0.3% de firmas de la población electoral nacional.
c. Referéndum Es el derecho de los ciudadanos para pronunciarse conforme a la constitución en los temas normativos que se le consultan. Puede ser solicitado por un número de ciudadanos no menor al 10% del electorado nacional.
d. Iniciativa en la formación de dispositivos municipales y regionales Es el derecho mediante el cual los vecinos plantean al gobierno local la adopción de una norma legal municipal de cumplimiento obligatorio por todos o una parte de los vecinos de la circunscripción o del propio concejo municipal.
La iniciativa requiere el respaldo del más del 1% del total de electores del distrito o provincia correspondiente.
Artículo 31°
Los Derechos de Participación Ciudadana
a. Iniciativa de reforma constitucional
La ciudadanía tiene el derecho de iniciativa para la reforma parcial o total de la constitución. Se requiere la adhesión de un número de ciudadanos equivalentes al 0.3% de la población electoral nacional.
b. Iniciativa en la formación de las leyes
Cualquier ciudadano puede presentar ante el Congreso de la República proyectos de ley. La iniciativa debe estar acompañada con no menos del 0.3% de firmas de la población electoral nacional.
c. Referéndum
Es el derecho de los ciudadanos para pronunciarse conforme a la constitución en los temas normativos que se le consultan. Puede ser solicitado por un número de ciudadanos no menor al 10% del electorado nacional.
d. Iniciativa en la formación de dispositivos municipales y regionales
Es el derecho mediante el cual los vecinos plantean al gobierno local la adopción de una norma legal municipal de cumplimiento obligatorio por todos o una parte de los vecinos de la circunscripción o del propio concejo municipal.
La iniciativa requiere el respaldo del más del 1% del total de electores del distrito o provincia correspondiente.