Artículo 19 de la Constitución Política: que establece la libertad de cultos, el derecho de toda persona a profesar libremente su religión y difundirla en forma individual o colectiva, y la igualdad ante la ley de todas las confesiones religiosas e iglesias.
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Artículo 19 de la Constitución Política: que establece la libertad de cultos, el derecho de toda persona a profesar libremente su religión y difundirla en forma individual o colectiva, y la igualdad ante la ley de todas las confesiones religiosas e iglesias.