Durante el siglo XVII, en Inglaterra, se producen tres hechos relevantes:
La Petición de Derechos (1628), que protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, al no respetar éste posteriormente las reclamaciones que contenía se originó la Revolución Inglesa, que acabó con la victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.
El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II, para protegerse de prácticas entonces corrientes que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.
La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento, como condición previa a su coronación, a la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre lo s soberanos y el pueblo, también soberano.
El filósofo inglés Thomas Hobbes (1588-1679) propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. Sin embargo, según Hobbes, a través del pacto los ciudadanos, en nombre de la seguridad, han de renunciar a su capacidad de autogobierno, ya que la libertad es considerada el origen del caos, debido a la maldad innata que se atribuye al ser humano. Según Hobbes, el hombre, en estado de naturaleza, es un lobo para el hombre: "Homo homini lupus". Hobbes sólo reconoce a los ciudadanos el derecho a la seguridad, que ha de garantizar el Estado, y el derecho a la desobediencia, sólo ejercible cuando el Estado no garantiza esta seguridad a los ciudadanos.
"La condición del hombre (...) es una condición de guerra de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado por su propia razón (...) Y, por consiguiente, mientras persiste ese derecho natural de cada uno con respecto a todas las cosas no puede haber seguridad para nadie (...) El único camino para erigir semejante poder común, capaz de defenderlos contra la invasión de los extranjeros y contra las ofensas ajenas (...) es conferir todo su poder a un hombre (...) Porque en virtud de esa autoridad que se le confiere por cada hombre particular el Estado posee y utiliza tanto poder y fortaleza que por el terror que inspira es capaz de conformar las voluntades de todos ellos para la paz en su propio país y para la mutua ayuda contra sus enemigos en el extranjero."
No porque antes tenían mas derechos los hombres que las mujeres, y a diferencia de la actualidad las mujeres tienen mas derechos.
Respuesta:
Durante el siglo XVII, en Inglaterra, se producen tres hechos relevantes:
La Petición de Derechos (1628), que protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, al no respetar éste posteriormente las reclamaciones que contenía se originó la Revolución Inglesa, que acabó con la victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.
El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II, para protegerse de prácticas entonces corrientes que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.
La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento, como condición previa a su coronación, a la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre lo s soberanos y el pueblo, también soberano.
El filósofo inglés Thomas Hobbes (1588-1679) propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. Sin embargo, según Hobbes, a través del pacto los ciudadanos, en nombre de la seguridad, han de renunciar a su capacidad de autogobierno, ya que la libertad es considerada el origen del caos, debido a la maldad innata que se atribuye al ser humano. Según Hobbes, el hombre, en estado de naturaleza, es un lobo para el hombre: "Homo homini lupus". Hobbes sólo reconoce a los ciudadanos el derecho a la seguridad, que ha de garantizar el Estado, y el derecho a la desobediencia, sólo ejercible cuando el Estado no garantiza esta seguridad a los ciudadanos.
"La condición del hombre (...) es una condición de guerra de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado por su propia razón (...) Y, por consiguiente, mientras persiste ese derecho natural de cada uno con respecto a todas las cosas no puede haber seguridad para nadie (...) El único camino para erigir semejante poder común, capaz de defenderlos contra la invasión de los extranjeros y contra las ofensas ajenas (...) es conferir todo su poder a un hombre (...) Porque en virtud de esa autoridad que se le confiere por cada hombre particular el Estado posee y utiliza tanto poder y fortaleza que por el terror que inspira es capaz de conformar las voluntades de todos ellos para la paz en su propio país y para la mutua ayuda contra sus enemigos en el extranjero."
Thomas Hobbes. Leviathan (1651