De acuerdo al artículo 25 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales las elecciones locales ordinarias en las que se elijan gobernadores, Jefe de gobierno de la Ciudad de México, Legislaturas locales y Ayuntamientos, tendrán lugar el primer domingo de junio del año que corresponda.
Respuesta:
De acuerdo al artículo 25 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales las elecciones locales ordinarias en las que se elijan gobernadores, Jefe de gobierno de la Ciudad de México, Legislaturas locales y Ayuntamientos, tendrán lugar el primer domingo de junio del año que corresponda.