La constitución en su capitulo 3 artículos 47 48 49
profesor100CONSTITUCIÓN CAPITULO III Artículo 47 La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales. Artículo 48 Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley.
Artículo 49 La capital de la República del Perú es la ciudad de Lima. Su capital histórica es la ciudad del Cusco.
CAPITULO III
Artículo 47
La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales.
Artículo 48
Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley.
Artículo 49
La capital de la República del Perú es la ciudad de Lima. Su capital histórica es la ciudad del Cusco.