jonathanbonil0 Elegir Decano y Vicedecano. Dictar reglamentos necesarios para su régimen interno. Separar al Decano, al Vicedecano y a los Consejeros por causas notorias de inconducta o incumplimiento de sus deberes como tales. Llamar a elecciones para renovación del Consejo. Proponer a Consejo Superior la separación de docentes o decidirlo por sí mismo según sea el origen. Suspender -por el voto de dos tercios de sus componentes- al Decano, al Vicedecano o a los Consejeros por delito que merezca pena privativa de la libertad. Proyectar reglamentación y expedirse sobre pedido de reválida de diplomas profesionales otorgadas por otras universidades extranjeras. Determinar épocas, el número, orden y forma de las pruebas de promoción. Dictar disposiciones según las cuales deberan efectuarse los concursos para designación de docentes Determinar el número de secretarios y reglamentar sus funciones Dictar las normas relativas a las atribuciones y deberes de docentes, alumnos y empleados. Decidir cuestiones contenciosas referentes al orden de los estudios, condiciones de ingreso, exámenes y cumplimiento de deberes de los profesores. Dictar normas a que deberá ajustarse la integración de las comisiones examinadoras. Velar por la aplicación del Estatuto Universitario que rige en la Universidad de Buenos Aires. Apercibir o suspender a profesores que no cumplan con sus deberes. Conceder licencia a sus miembros. Proyectar los planes de estudio y reglamentar la docencia libre. Determinar las épocas en número de orden y forma de las prueba de formación.