camilo140902CAUSASCONSECUENCIASüEl gobierno por medio de la Ley Calles pretendía limitar el número de sacerdotes por habitante y tener una mayor injerencia en los asuntos internos de la Iglesia CatólicaüNo se le reconocía personalidad jurídica propia a la iglesia católica ni a ninguna religión, los actos de culto sólo podían hacerse en los templos y con un permiso por parte del gobierno, además se prohibió cualquier tipo de educación con carácter religioso.üInició justamente porque el gobierno del General Plutarco Elías Calles quiso hacer reformas al Artículo 130 de la Constitución, persiguiendo a la Iglesia Católica en general y, además, haciendo que todo aquél sacerdote que quisiera ejercer tuviera que ser mexicano por la fuerzaüEl gobierno persiguió a los cristeros y consideró ilegales los actos de culto realizados fuera de los templos encarcelando y fusilando a los transgresoresüLos obispos mexicanos tomaron la decisión de suspender los cultos en los templos y autorizaron que los cultos pudieran realizarse en casas particularesüCreyentes se levantaran en armas como protesta en contra del gobierno.
El gobierno persiguió a los cristeros y consideró ilegales los actos de culto realizados fuera de los templos encarcelando y fusilando a los transgresores.üLos obispos llegaron a un arreglo con el gobierno en el sentido de reanudar los cultos, calmar a los insurrectos y a cambio el gobierno dejaría de inmiscuirse en los asuntos internos de la Iglesia a la que no se le reconocía de todas formas personalidad jurídica alguna y tampoco se permitió (al menos oficialmente) la existencia de escuelas confesionales.üLa guerra cristera trajo como consecuencia la muerte de más personas que durante la Revolución Mexicana y una profunda división entre la población.
La Guerra Cristera, también llamada Guerra de los Cristeros o Cristiada, fue un conflicto armado de México que se prolongó desde 1926 a 1929 entre el gobierno y milicias de laicos, presbíteros y religiosos católicos que resistían la aplicación de legislación y políticas públicas orientadas a restringir la participación de la Iglesia católica sobre los bienes de la nación así como en procedimientos civiles.
La Constitución mexicana de 1917 establecía una política que negaba la personalidad jurídica a las iglesias, prohibía la participación del clero en política, privaba a las iglesias del derecho a poseer bienes raíces e impedía el culto público fuera de los templos. Algunas estimaciones ubican el número de personas muertas en un máximo de 250 mil,5entre civiles, efectivos de las fuerzas cristeras y del Ejército Mexicano.
El gobierno persiguió a los cristeros y consideró ilegales los actos de culto realizados fuera de los templos encarcelando y fusilando a los transgresores. ü Los obispos llegaron a un arreglo con el gobierno en el sentido de reanudar los cultos, calmar a los insurrectos y a cambio el gobierno dejaría de inmiscuirse en los asuntos internos de la Iglesia a la que no se le reconocía de todas formas personalidad jurídica alguna y tampoco se permitió (al menos oficialmente) la existencia de escuelas confesionales. ü La guerra cristera trajo como consecuencia la muerte de más personas que durante la Revolución Mexicana y una profunda división entre la población.
La Guerra Cristera, también llamada Guerra de los Cristeros o Cristiada, fue un conflicto armado de México que se prolongó desde 1926 a 1929 entre el gobierno y milicias de laicos, presbíteros y religiosos católicos que resistían la aplicación de legislación y políticas públicas orientadas a restringir la participación de la Iglesia católica sobre los bienes de la nación así como en procedimientos civiles.
La Constitución mexicana de 1917 establecía una política que negaba la personalidad jurídica a las iglesias, prohibía la participación del clero en política, privaba a las iglesias del derecho a poseer bienes raíces e impedía el culto público fuera de los templos. Algunas estimaciones ubican el número de personas muertas en un máximo de 250 mil,5entre civiles, efectivos de las fuerzas cristeras y del Ejército Mexicano.