Como resultado de la colonización española, las Indias fueron incorporadas a la Corona de Castilla y, por expresa disposición real, ellas no podían ser enajenadas y gozaban de una autonomía que implicaba su sola dependencia del rey.
El gobierno de las Indias le correspondió, durante este período, tanto a organismos pertenecientes a la metrópoli (Rey, Consejo de Indias, Casa de Contratación), como a los creados especialmente para los nuevos territorios conquistados (Adelantado, Virrey, Gobernador, Corregidor, Alcaldes mayores, Cabildo, Jueces reales, Consulados y Audiencia).
El territorio de la Cuenca del Plata, que comprendía, parcial o totalmente, lo que hoy son las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Chaco, Formosa, Misiones y las actuales repúblicas de Paraguay y Uruguay, tuvo durante los siglos XVI y XVII, un papel secundario en el proceso colonizador. Recién en el siglo XVIII, comienza la prosperidad económica de la zona, impulsada por la demanda creciente de su producción pecuaria y la llegada de importantes cargamentos de mercaderías. Este comercio de importación superaba la demanda interna por lo que reexportaba hacia Chile y Perú.
El Río de la Plata, al compás de su importancia económica, incrementó el valor estratégico de las colonias que comienzan a ser mejor gobernadas y defendidas con mayor dedicación. Así, en miras a su defensa se creó en 1776, el Virreinato del Río de la Plata. En 1803, por la Real Ordenanza de Intendentes, el territorio del Virreinato fue dividido en 8 intendencias, de las cuales sólo tres conformarían posteriormente el actual nacional: Córdoba del Tucumán, Salta del Tucumán y Buenos Aires.
A lo largo de la segunda mitad del siglo XVIII, diversas causas contribuyeron a formar un clima propicio para dar lugar a una crisis general que, comenzando por los antiguos reinos peninsulares, actuó decisivamente sobre la suerte de las Indias. Durante este período, llamado comúnmente hispánico, el organigrama del poder era rudimentario y sin una distinción nítida de competencias. Tanto en España como en América, los órganos de poder desempeñaban funciones ejecutivas, legislativas y jurisdiccionales, de manera entremezclada.
En mayo de 1810, debido a la comprometida situación en la que se veía envuelta España ante el éxito de la última invasión francesa, lo cual desencadenó la disolución de la Junta Central y la constitución de un Consejo de Regencia. Buenos Aires se vio conmovida y obligada frente a tales hechos a convocar a Cabildo Abierto, para que se expresase la voluntad de pueblo y se acordasen las medidas oportunas en miras a la solución de dos cuestiones: por un lado, la caducidad del gobierno legítimo y la reversión de los derechos de soberanía al pueblo; y, como consecuencia inmediata, la instalación de un nuevo gobierno.
Nuestra evolución constitucional fue muy precaria en los primeros años siguientes a 1810. Se va tejiendo y destejiendo algunas veces.
Respuesta:
Como resultado de la colonización española, las Indias fueron incorporadas a la Corona de Castilla y, por expresa disposición real, ellas no podían ser enajenadas y gozaban de una autonomía que implicaba su sola dependencia del rey.
El gobierno de las Indias le correspondió, durante este período, tanto a organismos pertenecientes a la metrópoli (Rey, Consejo de Indias, Casa de Contratación), como a los creados especialmente para los nuevos territorios conquistados (Adelantado, Virrey, Gobernador, Corregidor, Alcaldes mayores, Cabildo, Jueces reales, Consulados y Audiencia).
El territorio de la Cuenca del Plata, que comprendía, parcial o totalmente, lo que hoy son las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Chaco, Formosa, Misiones y las actuales repúblicas de Paraguay y Uruguay, tuvo durante los siglos XVI y XVII, un papel secundario en el proceso colonizador. Recién en el siglo XVIII, comienza la prosperidad económica de la zona, impulsada por la demanda creciente de su producción pecuaria y la llegada de importantes cargamentos de mercaderías. Este comercio de importación superaba la demanda interna por lo que reexportaba hacia Chile y Perú.
El Río de la Plata, al compás de su importancia económica, incrementó el valor estratégico de las colonias que comienzan a ser mejor gobernadas y defendidas con mayor dedicación. Así, en miras a su defensa se creó en 1776, el Virreinato del Río de la Plata. En 1803, por la Real Ordenanza de Intendentes, el territorio del Virreinato fue dividido en 8 intendencias, de las cuales sólo tres conformarían posteriormente el actual nacional: Córdoba del Tucumán, Salta del Tucumán y Buenos Aires.
A lo largo de la segunda mitad del siglo XVIII, diversas causas contribuyeron a formar un clima propicio para dar lugar a una crisis general que, comenzando por los antiguos reinos peninsulares, actuó decisivamente sobre la suerte de las Indias. Durante este período, llamado comúnmente hispánico, el organigrama del poder era rudimentario y sin una distinción nítida de competencias. Tanto en España como en América, los órganos de poder desempeñaban funciones ejecutivas, legislativas y jurisdiccionales, de manera entremezclada.
En mayo de 1810, debido a la comprometida situación en la que se veía envuelta España ante el éxito de la última invasión francesa, lo cual desencadenó la disolución de la Junta Central y la constitución de un Consejo de Regencia. Buenos Aires se vio conmovida y obligada frente a tales hechos a convocar a Cabildo Abierto, para que se expresase la voluntad de pueblo y se acordasen las medidas oportunas en miras a la solución de dos cuestiones: por un lado, la caducidad del gobierno legítimo y la reversión de los derechos de soberanía al pueblo; y, como consecuencia inmediata, la instalación de un nuevo gobierno.
Nuestra evolución constitucional fue muy precaria en los primeros años siguientes a 1810. Se va tejiendo y destejiendo algunas veces.