Explica y valora las normas que deben cumplir los partidos político y la responsabilidad que tiene el entre regulador de elecciones y votaciones del pueblo salvadoreños
quiero que me le den respuesta a este indicador de logro porfa
Principios Generales. Fundación y Constitución. Doctrina y Organización. Funcionamiento. Patrimonio. Caducidad y Extinción. Procedimiento Partidario ante la Justicia Electoral. Disposiciones Generales. Cláusula Transitoria.
Ley N° 23.298
Sancionada: Setiembre 30 de 1985
Promulgada de Hecho: Octubre 22 de 1985
Ver Antecedentes Normativos
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
TITULO I
Principios generales
ARTICULO 1.- Se garantiza a los electores el derecho de asociación política para agruparse en partidos políticos democráticos.
Se garantiza a las agrupaciones el derecho a su constitución, organización, gobierno propio y libre funcionamiento como partido político, así como también el derecho de obtener la personalidad jurídico-política para actuar en uno, varios o todos los distritos electorales, o como confederación de partidos, de acuerdo con las disposiciones y requisitos que establece esta ley.
(Artículo sustituido por art. 4° de la Ley N° 26.774 B.O. 02/11/2012)
ARTICULO 2.- Los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional. Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos.
Respuesta:
LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
Principios Generales. Fundación y Constitución. Doctrina y Organización. Funcionamiento. Patrimonio. Caducidad y Extinción. Procedimiento Partidario ante la Justicia Electoral. Disposiciones Generales. Cláusula Transitoria.
Ley N° 23.298
Sancionada: Setiembre 30 de 1985
Promulgada de Hecho: Octubre 22 de 1985
Ver Antecedentes Normativos
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
TITULO I
Principios generales
ARTICULO 1.- Se garantiza a los electores el derecho de asociación política para agruparse en partidos políticos democráticos.
Se garantiza a las agrupaciones el derecho a su constitución, organización, gobierno propio y libre funcionamiento como partido político, así como también el derecho de obtener la personalidad jurídico-política para actuar en uno, varios o todos los distritos electorales, o como confederación de partidos, de acuerdo con las disposiciones y requisitos que establece esta ley.
(Artículo sustituido por art. 4° de la Ley N° 26.774 B.O. 02/11/2012)
ARTICULO 2.- Los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional. Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos.