Escribe una situación en la que se incumpla cada uno de 3 virtudes ciudadanas (en total se realizan 3 situaciones, uno por cada virtud). Al frente de cada una, platea una posible solución.
El segundo momento del debate se produjo, según este mismo autor, hacia la década de 1950 y se centró en la tensión entre democracia y capitalismo, es decir, en la relación entre las características de los derechos ciudadanos reconocidos y garantizados por los Estados democráticos y las estructuras de las clases sociales y del capitalismo. Su principal escenario fue el continente europeo, Inglaterra y Estados Unidos. T. H. Marshall, de quien podemos afirmar es el teórico que retoma y pone sobre la mesa el tema de la ciudadanía en este siglo, sostenía que a los derechos civiles conquistados en el siglo XVIII y a los políticos logrados en el XIX habría que sobreponerles los derechos sociales, pues los primeros no habían alcanzado a eliminar las desigualdades y éste último podría traer un mínimo de bienestar a la sociedad. Es decir, cada ciudadano debe ser tratado como un miembro pleno de la sociedad y considerado como igual en una sociedad de iguales. Para ello, y para garantizar la existencia y cumplimiento de los derechos civiles, políticos y sociales es necesaria la existencia de un Estado de bienestar. Así pues, el énfasis en la idea de ciudadanía está puesto en la existencia de un conjunto de derechos y en la posibilidad de que todas las personas puedan usufructuar de ellos. Es lo que en la literatura corriente sobre el tema se llama el status jurídico de la ciudadanía o la ciudadanía como status.4
4Según Kymlicka y Norman (1977: 8), a esta concepción se le han hecho dos tipos de crítica: la primera afirma que existe la necesidad de complementar esta serie de derechos con un conjunto de responsabilidades del ciudadano frente a la sociedad y a la comunidad política; es decir, es necesario pasar de una ciudadanía pasiva a una ciudadanía activa en la que existan responsabilidades y virtudes cívicas, entendidas estas últimas como un conjunto de cualidades morales que hacen de un individuo un buen ciudadano. La segunda “señala la necesidad de revisar la definición de ciudadanía generalmente aceptada con el fin de incorporar el creciente pluralismo social y cultural de las sociedades modernas”.
5Finalmente, el tercer momento, cuyo debate emerge en las décadas de 1970 y 1980, vuelve sobre el sentido, la amplitud y los fundamentos de los derechos ciudadanos. Su escenario es el mundo globalizado. Aunque muchas son las perspectivas filosófico-políticas que han terciado en el debate (republicanismo, la llamada nueva derecha, la izquierda, el liberalismo, el comunitarismo, etc.), podríamos decir que, por lo menos en el plano del debate teórico, los principales actores han sido liberales y comunitaristas.
6Siguiendo a Bárcena (1977: 104 y ss.), los términos del debate entre estas dos corrientes incluyen dos aspectos centrales: una disputa moral en torno de la ética del deber y la ética de la virtud, y una discusión en torno de la naturaleza de la democracia y la ciudadanía. Los liberales se apoyan en una teoría predominantemente individualista, en tanto asumen una primacía moral de la persona frente a la colectividad y en tanto esta persona adquiere su condición de ciudadana en la medida en que es poseedora de derechos morales cuyo reconocimiento sirve para protegerla de los otros y del Estado en la esfera privada, la cual tiene primacía sobre la esfera pública. Mientras tanto, para los comunitaristas la ciudadanía no es la adquisición de un título o un estatus sino ante todo una práctica, un compromiso, una participación en el ámbito público. Las virtudes y la moralidad articulada a lo público tienen su fuente en la comunidad y no en la idea abstracta de un individuo y una humanidad.
7En el marco del reordenamiento de la sociedad que comentamos en la introducción a este texto, podemos afirmar que nos encontramos ante un macroproceso que en términos generales se considera inscrito en la dinámica instituido-instituyente, estructurado-estructurante. Este proceso de reconstitución de las instituciones tradicionales y de aparición de otras de nuevo cuño trae serias consecuencias sobre el concepto y el ejercicio clásico de la ciudadanía.
8En efecto, parece existir consenso en que el concepto clásico de ciudadanía ya no nos sirve para comprender los procesos ni para orientarlos (Garretón, 1996, Kymlicka y Norman, 1997; Bárcena, 1997). Existe una suerte de expansión del concepto, en el sentido en que la democracia política garantizaba la ciudadanía en un espacio territorial determinado, que hoy se ha roto a partir de los procesos de globalización —el territorio como concentración de los poderes se ha ampliado y deslocalizado, al igual que como referente identitario—; y en el sentido en que la democracia política ya no garantiza la ciudadanía en
Respuesta:
El segundo momento del debate se produjo, según este mismo autor, hacia la década de 1950 y se centró en la tensión entre democracia y capitalismo, es decir, en la relación entre las características de los derechos ciudadanos reconocidos y garantizados por los Estados democráticos y las estructuras de las clases sociales y del capitalismo. Su principal escenario fue el continente europeo, Inglaterra y Estados Unidos. T. H. Marshall, de quien podemos afirmar es el teórico que retoma y pone sobre la mesa el tema de la ciudadanía en este siglo, sostenía que a los derechos civiles conquistados en el siglo XVIII y a los políticos logrados en el XIX habría que sobreponerles los derechos sociales, pues los primeros no habían alcanzado a eliminar las desigualdades y éste último podría traer un mínimo de bienestar a la sociedad. Es decir, cada ciudadano debe ser tratado como un miembro pleno de la sociedad y considerado como igual en una sociedad de iguales. Para ello, y para garantizar la existencia y cumplimiento de los derechos civiles, políticos y sociales es necesaria la existencia de un Estado de bienestar. Así pues, el énfasis en la idea de ciudadanía está puesto en la existencia de un conjunto de derechos y en la posibilidad de que todas las personas puedan usufructuar de ellos. Es lo que en la literatura corriente sobre el tema se llama el status jurídico de la ciudadanía o la ciudadanía como status.4
4Según Kymlicka y Norman (1977: 8), a esta concepción se le han hecho dos tipos de crítica: la primera afirma que existe la necesidad de complementar esta serie de derechos con un conjunto de responsabilidades del ciudadano frente a la sociedad y a la comunidad política; es decir, es necesario pasar de una ciudadanía pasiva a una ciudadanía activa en la que existan responsabilidades y virtudes cívicas, entendidas estas últimas como un conjunto de cualidades morales que hacen de un individuo un buen ciudadano. La segunda “señala la necesidad de revisar la definición de ciudadanía generalmente aceptada con el fin de incorporar el creciente pluralismo social y cultural de las sociedades modernas”.
5Finalmente, el tercer momento, cuyo debate emerge en las décadas de 1970 y 1980, vuelve sobre el sentido, la amplitud y los fundamentos de los derechos ciudadanos. Su escenario es el mundo globalizado. Aunque muchas son las perspectivas filosófico-políticas que han terciado en el debate (republicanismo, la llamada nueva derecha, la izquierda, el liberalismo, el comunitarismo, etc.), podríamos decir que, por lo menos en el plano del debate teórico, los principales actores han sido liberales y comunitaristas.
6Siguiendo a Bárcena (1977: 104 y ss.), los términos del debate entre estas dos corrientes incluyen dos aspectos centrales: una disputa moral en torno de la ética del deber y la ética de la virtud, y una discusión en torno de la naturaleza de la democracia y la ciudadanía. Los liberales se apoyan en una teoría predominantemente individualista, en tanto asumen una primacía moral de la persona frente a la colectividad y en tanto esta persona adquiere su condición de ciudadana en la medida en que es poseedora de derechos morales cuyo reconocimiento sirve para protegerla de los otros y del Estado en la esfera privada, la cual tiene primacía sobre la esfera pública. Mientras tanto, para los comunitaristas la ciudadanía no es la adquisición de un título o un estatus sino ante todo una práctica, un compromiso, una participación en el ámbito público. Las virtudes y la moralidad articulada a lo público tienen su fuente en la comunidad y no en la idea abstracta de un individuo y una humanidad.
7En el marco del reordenamiento de la sociedad que comentamos en la introducción a este texto, podemos afirmar que nos encontramos ante un macroproceso que en términos generales se considera inscrito en la dinámica instituido-instituyente, estructurado-estructurante. Este proceso de reconstitución de las instituciones tradicionales y de aparición de otras de nuevo cuño trae serias consecuencias sobre el concepto y el ejercicio clásico de la ciudadanía.
8En efecto, parece existir consenso en que el concepto clásico de ciudadanía ya no nos sirve para comprender los procesos ni para orientarlos (Garretón, 1996, Kymlicka y Norman, 1997; Bárcena, 1997). Existe una suerte de expansión del concepto, en el sentido en que la democracia política garantizaba la ciudadanía en un espacio territorial determinado, que hoy se ha roto a partir de los procesos de globalización —el territorio como concentración de los poderes se ha ampliado y deslocalizado, al igual que como referente identitario—; y en el sentido en que la democracia política ya no garantiza la ciudadanía en
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