El Decreto del Poder Ejecutivo N° 2.128 del 10 de octubre de 1991 dispuso la puesta en vigencia, a partir del 1 de enero de 1992, de la LÍNEA PESO. Se estableció una paridad de un peso ($1) equivalente a diez mil australes (A 10.000).
Los billetes tienen un tamaño uniforme de 155 mm de ancho y 65 mm de alto. El papel utilizado es 100 % de fibra de algodón, con un peso de 83 gr/m2, exento de fluorescencia a la luz ultravioleta, realizándose la impresión en tres etapas sucesivas, empleando sistemas de impresión offset, calcografía y tipografía.
A cinco años de su lanzamiento, se efectuaron algunos cambios en la línea, que incluyeron mejoras en los grabados, papel de un gramaje superior (90 gr/m2), marca de agua de molde cilíndrico localizada, que reproduce el retrato del diseño orientado en el mismo sentido.
La Ley N° 25.561, de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario del 6 de enero de 2002, en su artículo 3° deroga los arts. 1° y 2° de la Ley de Convertibilidad del Austral, por lo que se dispuso suprimir el vocablo “convertibles de curso legal” en los billetes de la línea peso.
Todos los billetes impresos con la leyenda “convertibles de curso legal” continúan en circulación y sirven como medio de pago.
Monedas
Las monedas emitidas con curso legal forzoso, es decir que deben ser aceptadas como medio de pago en todo el territorio de la República Argentina, son las siguientes:
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Respuesta:
No c si esta bien
Explicación:
Billetes
El Decreto del Poder Ejecutivo N° 2.128 del 10 de octubre de 1991 dispuso la puesta en vigencia, a partir del 1 de enero de 1992, de la LÍNEA PESO. Se estableció una paridad de un peso ($1) equivalente a diez mil australes (A 10.000).
Los billetes tienen un tamaño uniforme de 155 mm de ancho y 65 mm de alto. El papel utilizado es 100 % de fibra de algodón, con un peso de 83 gr/m2, exento de fluorescencia a la luz ultravioleta, realizándose la impresión en tres etapas sucesivas, empleando sistemas de impresión offset, calcografía y tipografía.
A cinco años de su lanzamiento, se efectuaron algunos cambios en la línea, que incluyeron mejoras en los grabados, papel de un gramaje superior (90 gr/m2), marca de agua de molde cilíndrico localizada, que reproduce el retrato del diseño orientado en el mismo sentido.
La Ley N° 25.561, de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario del 6 de enero de 2002, en su artículo 3° deroga los arts. 1° y 2° de la Ley de Convertibilidad del Austral, por lo que se dispuso suprimir el vocablo “convertibles de curso legal” en los billetes de la línea peso.
Todos los billetes impresos con la leyenda “convertibles de curso legal” continúan en circulación y sirven como medio de pago.
Monedas
Las monedas emitidas con curso legal forzoso, es decir que deben ser aceptadas como medio de pago en todo el territorio de la República Argentina, son las siguientes: