Diría que estas posiciones han sido las siguientes:
i) en la gran mayoría de los casos el problema de los conflictos trágicos esta excluido de la agenda de ocupaciones teóricas de los filósofos del derecho y juristas;4
ii) en otros casos el problema aparece tratado con relación a algunos supuestos que suelen asociarse a ellos, por ejemplo, la inconmensurabilidad entre valores (un ejemplo de esta línea de trabajo es Joseph Raz);5
iii) en otros casos los conflictos trágicos son tratados pero como supuestos de conflictos aparentes o de conflictos que aun constituyendo desafíos profundos para la racionalidad, su presencia puede ser reducida a la mínima expresión6 (Dworkin) o aunque no haya respuesta correcta no escapan del todo al control racional7 (Atienza);
iv) por último hay filósofos, que en el estilo de escepticismo defendido por Kripke (o en el estilo de escepticismo a la vieja usanza: Pirro), no creen que ningún caso pueda resolverse de una manera que se pueda controlar objetivamente (por ejemplo, algunos critical legals studies podrían pensar así).
No pretendo sostener que las posiciones enumeradas representen exhaustivamente el marco de posibles alternativas filosóficas. De las posiciones enumeradas quisiera apoyar mi análisis a partir de la iii).
Respuesta:
Diría que estas posiciones han sido las siguientes:
i) en la gran mayoría de los casos el problema de los conflictos trágicos esta excluido de la agenda de ocupaciones teóricas de los filósofos del derecho y juristas;4
ii) en otros casos el problema aparece tratado con relación a algunos supuestos que suelen asociarse a ellos, por ejemplo, la inconmensurabilidad entre valores (un ejemplo de esta línea de trabajo es Joseph Raz);5
iii) en otros casos los conflictos trágicos son tratados pero como supuestos de conflictos aparentes o de conflictos que aun constituyendo desafíos profundos para la racionalidad, su presencia puede ser reducida a la mínima expresión6 (Dworkin) o aunque no haya respuesta correcta no escapan del todo al control racional7 (Atienza);
iv) por último hay filósofos, que en el estilo de escepticismo defendido por Kripke (o en el estilo de escepticismo a la vieja usanza: Pirro), no creen que ningún caso pueda resolverse de una manera que se pueda controlar objetivamente (por ejemplo, algunos critical legals studies podrían pensar así).
No pretendo sostener que las posiciones enumeradas representen exhaustivamente el marco de posibles alternativas filosóficas. De las posiciones enumeradas quisiera apoyar mi análisis a partir de la iii).
Explicación: