La democracia, como forma de gobierno, admite su escisión en al menos dos momentos distintos: la democracia de los antiguos y la de los modernos. Un rasgo distintivo de esta última variante -aquella identificada como democracia representativa- es la existencia de representantes elegidos por votación popular. Dado esto, se ha sostenido generalmente que el voto y la regla de mayoría son mecanismos "típicamente democráticos". Sin embargo, ni voto ni regla de mayoría son exclusivos de los sistemas democráticos, de modo que definir la forma que éstos han de tener cuando operan en un sistema democrático constituye uno de los problemas principales de la teoría de la democracia y de ésta en relación con los derechos fundamentales. Este trabajo aborda los problemas invocados por estos planteamientos a partir, sobre todo, de la obra de Norberto Bobbio.
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La democracia, como forma de gobierno, admite su escisión en al menos dos momentos distintos: la democracia de los antiguos y la de los modernos. Un rasgo distintivo de esta última variante -aquella identificada como democracia representativa- es la existencia de representantes elegidos por votación popular. Dado esto, se ha sostenido generalmente que el voto y la regla de mayoría son mecanismos "típicamente democráticos". Sin embargo, ni voto ni regla de mayoría son exclusivos de los sistemas democráticos, de modo que definir la forma que éstos han de tener cuando operan en un sistema democrático constituye uno de los problemas principales de la teoría de la democracia y de ésta en relación con los derechos fundamentales. Este trabajo aborda los problemas invocados por estos planteamientos a partir, sobre todo, de la obra de Norberto Bobbio.
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