Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.
Los servicios públicos estarán sometidos y obedecerán la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, el Estado cuidara la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios.
ARTICULO 6°.
Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.
Los servicios públicos estarán sometidos y obedecerán la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, el Estado cuidara la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios.