En 1953 con la reforma al articulo 135 se permitio
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Hace 55 años se decretó en México el derecho al sufragio femenino Diario Oficial un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular. Esto fue el resultado de un largo proceso que había comenzado muchos años atrás y que aquí explico. Durante l a Revolución mexicana, la incorporación de las mujeres fue importante, no sólo como acompañantes de los hombres y realizando sus tareas tradicionales (lavar, cocinar y cuidar a sus hijos, entre otras), sino que también tuvieron actividades militares.
Se dedicaron a difundir ideas revolucionarias, fueron espías, correos y enfermeras, consiguieron ayuda para la población civil y colaboraron en la redacción de proyectos y planes. Realmente fue una contribución activa e importante. Tradicionalmente se ha dicho que las que participaron, lo hicieron para ayudar a sus hijos y esposos, que su lucha fue callada y desinteresada, pero es muy probable que ellas hayan sentido que su situación mejoraría en el momento que las cosas cambiaran en el país.
A fines de 1916, Hermila Galindo, secretaria particular de Venustiano Carranza, envió al constituyente un escrito en el que solicitó los derechos políticos para las mujeres argumentando lo siguiente:
Es de estricta justicia que la mujer tenga el voto en las elecciones de las autoridades, porque si ella tiene obligaciones con el grupo social, razonable es, que no carezca de derechos. Las leyes se aplican por igual a hombres y mujeres: la mujer paga contribuciones, la mujer, especialmente la independiente, ayuda a los gastos de la comunidad, obedece las disposiciones gubernativas y, por si acaso delinque, sufre las mismas penas que el hombre culpado. Así pues, para las obligaciones, la ley la considera igual que al hombre, solamente al tratarse de prerrogativas, la desconoce y no le concede ninguna de las que goza el varón.
Eran argumentos coherentes con el liberalismo político del constitucionalismo que, en las Adiciones al Plan de Guadalupe de 1914, se había comprometido a: asegurar a todos los habitantes del país la efectividad y el pleno goce de sus derechos y la igualdad ante la ley.
Sin embargo, al redactarse la Constitución de 1917 nos encontramos con que, al discutirse la petición, se decidió -sin mucha discusión- negar a las mujeres los derechos políticos argumentando:
[...] en el estado en que se encuentra nuestra sociedad [...] las mujeres no
Diario Oficial un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular. Esto fue el resultado de un largo proceso que había comenzado muchos años atrás y que aquí explico.
Durante l
a Revolución mexicana, la incorporación de las mujeres fue importante, no sólo como acompañantes de los hombres y realizando sus tareas tradicionales (lavar, cocinar y cuidar a sus hijos, entre otras), sino que también tuvieron actividades militares.
Se dedicaron a difundir ideas revolucionarias, fueron espías, correos y enfermeras, consiguieron ayuda para la población civil y colaboraron en la redacción de proyectos y planes. Realmente fue una contribución activa e importante. Tradicionalmente se ha dicho que las que participaron, lo hicieron para ayudar a sus hijos y esposos, que su lucha fue callada y desinteresada, pero es muy probable que ellas hayan sentido que su situación mejoraría en el momento que las cosas cambiaran en el país.
A fines de 1916, Hermila Galindo, secretaria particular de Venustiano Carranza, envió al constituyente un escrito en el que solicitó los derechos políticos para las mujeres argumentando lo siguiente:
Es de estricta justicia que la mujer tenga el voto en las elecciones de las autoridades, porque si ella tiene obligaciones con el grupo social, razonable es, que no carezca de derechos. Las leyes se aplican por igual a hombres y mujeres: la mujer paga contribuciones, la mujer, especialmente la independiente, ayuda a los gastos de la comunidad, obedece las disposiciones gubernativas y, por si acaso delinque, sufre las mismas penas que el hombre culpado. Así pues, para las obligaciones, la ley la considera igual que al hombre, solamente al tratarse de prerrogativas, la desconoce y no le concede ninguna de las que goza el varón.
Eran argumentos coherentes con el liberalismo político del constitucionalismo que, en las Adiciones al Plan de Guadalupe de 1914, se había comprometido a: asegurar a todos los habitantes del país la efectividad y el pleno goce de sus derechos y la igualdad ante la ley.
Sin embargo, al redactarse la Constitución de 1917 nos encontramos con que, al discutirse la petición, se decidió -sin mucha discusión- negar a las mujeres los derechos políticos argumentando:
[...] en el estado en que se encuentra nuestra sociedad [...] las mujeres no