El proyecto de ley aprobado por el congreso de la república donde se admite y celebra la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños es inconstitucional, pues este contradice los parámetros legales del artículo 34 de la Constitución Política de Colombia donde consagra que: “Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.” La corte en su revisión posterior de constitucionalidad no puede, o más bien, no debe, dar su aprobación a este proyecto que intenta despojar funciones y credibilidad a la corte constitucional por medio de un populismo punitivo. La expresión subrayada en el texto “populismo punitivo” significa que:
La Corte Constitucional está haciendo política al desacreditar las decisiones tomadas por el Congreso El congreso respetará las decisiones de la Corte Constitucional porque es quien tiene la razón en este tipo de casos La Corte Constitucional busca usar su poder para movilizar a la población en contra del congreso. Algunos sectores del congreso impulsaron esta propuesta aún sabiendo que es inconstitucional para ganar simpatizantes.