El Magistrado “x” del Tribunal Unitario Agrario del distrito 35, ha recibido a su consideración una controversia planteada sobre los límites de terreno de una comunidad ejidal y un pequeño propietario agrícola, este último ha resultado ser el hermano de su esposa, es decir, cuñado del magistrado.
Respuesta:
El Magistrado tiene el deber de excusarse por tener relación con una de las partes y estar impedido para realizar un examen o objetivo del caso.
pero si el Magistrado no se excusa, las partes pueden recusarlo, para que sea cambiado del juicio