Reclamaciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial e intelectual, publicidad, y todas las que se promuevan al amparo de la normativa reguladora de las sociedades civiles, mercantiles, cooperativas, fundaciones y otras formas societarias.
Pretensiones que se promuevan en materia de transporte, nacional e internacional.
Controversias relativas a condiciones generales de la contratación.
Conflictos relativos a la responsabilidad civil de administradores sociales, concursales, liquidadores o auditores en procedimientos liquidadores o concursales.
Todas aquellas otras diferencias en que ambas partes en litigio sean empresarios, bien como personas físicas, bien como personas jurídicas.
Respuesta:
Reclamaciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial e intelectual, publicidad, y todas las que se promuevan al amparo de la normativa reguladora de las sociedades civiles, mercantiles, cooperativas, fundaciones y otras formas societarias.
Pretensiones que se promuevan en materia de transporte, nacional e internacional.
Controversias relativas a condiciones generales de la contratación.
Conflictos relativos a la responsabilidad civil de administradores sociales, concursales, liquidadores o auditores en procedimientos liquidadores o concursales.
Todas aquellas otras diferencias en que ambas partes en litigio sean empresarios, bien como personas físicas, bien como personas jurídicas.
ojala te haya ayudado
Explicación: