La terminación de un contrato de trabajo puede hacerse de manera verbal cuando las partes, por mutuo acuerdo, deciden hacerlo de esa forma. Si por el contrario el empleador tiene justas razones para efectuar la terminación unilateral de un contrato, deberá notificarlas por escrito al trabajador, y no mediante comunicación verbal. Las justas causas para dar por terminado un contrato de trabajo se establecen taxativamente en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo
Respuesta:
La terminación de un contrato de trabajo puede hacerse de manera verbal cuando las partes, por mutuo acuerdo, deciden hacerlo de esa forma. Si por el contrario el empleador tiene justas razones para efectuar la terminación unilateral de un contrato, deberá notificarlas por escrito al trabajador, y no mediante comunicación verbal. Las justas causas para dar por terminado un contrato de trabajo se establecen taxativamente en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo