Art 113 – Para ser elegido gobernador o vicegobernador se requiere: Haber nacido en territorio argentino o ser hijos de padres nativos, habiendo optado por la ciudadanía de sus padres si hubiera nacido en territorio extranjero. Haber cumplido 30 años de edad
Gobernador y vicegobernador.El poder Ejecutivo será desempeñado por un ciudadano con título de Gobernador de la Provincia y en su remplazo por el vicegobernador,elegido al mismo tiempo y por igual periodo que aquél.
Explicación:
Art 113 – Para ser elegido gobernador o vicegobernador se requiere: Haber nacido en territorio argentino o ser hijos de padres nativos, habiendo optado por la ciudadanía de sus padres si hubiera nacido en territorio extranjero. Haber cumplido 30 años de edad
Explicación:
Gobernador y vicegobernador.El poder Ejecutivo será desempeñado por un ciudadano con título de Gobernador de la Provincia y en su remplazo por el vicegobernador,elegido al mismo tiempo y por igual periodo que aquél.