Lo primero que hay que entender es que estas sociedades (nombre colectivo, en comandita por acciones, anónima, de responsabilidad limitada y en comandita simple) se pueden clasificar en sociedades de personas y sociedades mixtas. En las primeras, lo más importante son los socios. Recuerda que los socios de capital deciden según la aportación que realiza cada uno al capital social. En las sociedades mixtas se toman en cuenta ambos aspectos.
Cada tipo de sociedad necesita un porcentaje diferente de aprobación por parte de los socios para transformarse en otra sociedad mercantil:
•En nombre colectivo y comandita por acciones, que son tipo de sociedad por personas, se necesita un 100% de aprobación para transformarse.
•La sociedad de responsabilidad limitada, que es mixta, necesita 75% de aprobación.
•Por último, la sociedad anónima y de comandita por acciones, que son de capital, necesitan 50% de aprobación.
Cuando se llegue a una decisión entre socios, el acuerdo de transformación deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio y publicarse en el periódico oficial del domicilio de la saciedad acompañado de su último balance. La transformación tendrá efecto tres meses después de esta publicación.
Por último, antes de hacer la transformación los socios deben asegurarse de que cumplen con los requisitos específicos (de número de socios, capital, entre otros aspectos) que la nueva estructura pida.
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Lo primero que hay que entender es que estas sociedades (nombre colectivo, en comandita por acciones, anónima, de responsabilidad limitada y en comandita simple) se pueden clasificar en sociedades de personas y sociedades mixtas. En las primeras, lo más importante son los socios. Recuerda que los socios de capital deciden según la aportación que realiza cada uno al capital social. En las sociedades mixtas se toman en cuenta ambos aspectos.
Cada tipo de sociedad necesita un porcentaje diferente de aprobación por parte de los socios para transformarse en otra sociedad mercantil:
•En nombre colectivo y comandita por acciones, que son tipo de sociedad por personas, se necesita un 100% de aprobación para transformarse.
•La sociedad de responsabilidad limitada, que es mixta, necesita 75% de aprobación.
•Por último, la sociedad anónima y de comandita por acciones, que son de capital, necesitan 50% de aprobación.
Cuando se llegue a una decisión entre socios, el acuerdo de transformación deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio y publicarse en el periódico oficial del domicilio de la saciedad acompañado de su último balance. La transformación tendrá efecto tres meses después de esta publicación.
Por último, antes de hacer la transformación los socios deben asegurarse de que cumplen con los requisitos específicos (de número de socios, capital, entre otros aspectos) que la nueva estructura pida.