El Cabildo abierto puede ser solicitado por un número de personas no menor al cinco por mil del censo electoral correspondiente. En él puede tratarse cualquier asunto de interés para la comunidad. El cabildo deberá celebrarse a más tardar un mes después de radicada la petición.
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El Cabildo abierto puede ser solicitado por un número de personas no menor al cinco por mil del censo electoral correspondiente. En él puede tratarse cualquier asunto de interés para la comunidad. El cabildo deberá celebrarse a más tardar un mes después de radicada la petición.