Respuesta:
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORÍA Y CONSEJERÍA
CAPÍTULO I
NATURALEZA Y FINES
Artículo 1°: El Sistema de Tutoría y Consejería de la UPAGU, tiene como finalidad realizar
una orientación sistemática desplegada a lo largo del sistema educativo, para
que el alumno se supere en su rendimiento académico, solucione dificultades
universitarias y desarrolle hábitos de trabajo, estudio, reflexión y convivencia
social.
Los propósitos de la tutoría están referidos básicamente a la orientación de tipo
personal, académico y profesional, de tal manera que pretende cubrir una doble
función: por un lado, orientar el proceso de aprendizaje del alumno (campo
cognitivo, profesional y administrativo) y, por otro, orientarlo desde el punto de
vista personal (campo emocional y afectivo).
Artículo 2°: Los objetivos del Sistema de Tutoría y Consejería son:
a) Implementar servicios académicos acordes a las necesidades de los
alumnos.
b) Brindar orientación y tutoría en tres áreas: Académica, Social y Personal.
c) Orientar al estudiante en la toma de decisiones en torno a su formación
profesional y personal.
d) Brindar asesoría especializada en problemas disciplinarios y de metodología
del aprendizaje.
e) Promover el desarrollo de habilidades específicas que demande el perfil de
ingreso, el currículo y el mercado de trabajo.
f) Participar en actividades colegiadas y de capacitación relacionadas con la
tutoría.
g) Elaborar materiales educativos que apoyen el proceso de enseñanza –
aprendizaje.
h) Promover la evaluación y el seguimiento de los tutorados.
i) Cumplir con las funciones que determinen las características específicas de
cada carrera.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 3°: El Sistema de Tutoría y Consejería, está integrado por un Director (a), que será
necesariamente profesor de la Facultad de Psicología, y por docentes tutores de
todas las Facultades de la Universidad.
Artículo 4°: El Director es designado por el Directorio a propuesta de la Jefatura del
Departamento de Bienestar Universitario.
Artículo 5°: Son deberes y atribuciones del Director:
a) Organizar la correcta marcha del Sistema de Tutoría y Consejería, en todos
los aspectos relativos a su finalidad y objetivos.
b) Supervisar y monitorear el trabajo que realicen los profesores tutores.
c) Formular los planes de actividades.
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORIA 2007
UPAGU 3
d) Organizar la capacitación permanente de los profesores Tutores, en
coordinación con los Jefes de Departamento Académico y con el
Coordinador de Tutores.
e) Ordenar el control de los instrumentos individuales y grupales del sistema
de tutoría.
f) Designar al Coordinador de Tutores.
g) Asistir a la oficina del servicio de tutoría a tiempo completo.
h) Informar mensualmente, las actividades realizadas.
" Life is not a problem to be solved but a reality to be experienced! "
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REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORÍA Y CONSEJERÍA
CAPÍTULO I
NATURALEZA Y FINES
Artículo 1°: El Sistema de Tutoría y Consejería de la UPAGU, tiene como finalidad realizar
una orientación sistemática desplegada a lo largo del sistema educativo, para
que el alumno se supere en su rendimiento académico, solucione dificultades
universitarias y desarrolle hábitos de trabajo, estudio, reflexión y convivencia
social.
Los propósitos de la tutoría están referidos básicamente a la orientación de tipo
personal, académico y profesional, de tal manera que pretende cubrir una doble
función: por un lado, orientar el proceso de aprendizaje del alumno (campo
cognitivo, profesional y administrativo) y, por otro, orientarlo desde el punto de
vista personal (campo emocional y afectivo).
Artículo 2°: Los objetivos del Sistema de Tutoría y Consejería son:
a) Implementar servicios académicos acordes a las necesidades de los
alumnos.
b) Brindar orientación y tutoría en tres áreas: Académica, Social y Personal.
c) Orientar al estudiante en la toma de decisiones en torno a su formación
profesional y personal.
d) Brindar asesoría especializada en problemas disciplinarios y de metodología
del aprendizaje.
e) Promover el desarrollo de habilidades específicas que demande el perfil de
ingreso, el currículo y el mercado de trabajo.
f) Participar en actividades colegiadas y de capacitación relacionadas con la
tutoría.
g) Elaborar materiales educativos que apoyen el proceso de enseñanza –
aprendizaje.
h) Promover la evaluación y el seguimiento de los tutorados.
i) Cumplir con las funciones que determinen las características específicas de
cada carrera.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 3°: El Sistema de Tutoría y Consejería, está integrado por un Director (a), que será
necesariamente profesor de la Facultad de Psicología, y por docentes tutores de
todas las Facultades de la Universidad.
Artículo 4°: El Director es designado por el Directorio a propuesta de la Jefatura del
Departamento de Bienestar Universitario.
Artículo 5°: Son deberes y atribuciones del Director:
a) Organizar la correcta marcha del Sistema de Tutoría y Consejería, en todos
los aspectos relativos a su finalidad y objetivos.
b) Supervisar y monitorear el trabajo que realicen los profesores tutores.
c) Formular los planes de actividades.
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORIA 2007
UPAGU 3
d) Organizar la capacitación permanente de los profesores Tutores, en
coordinación con los Jefes de Departamento Académico y con el
Coordinador de Tutores.
e) Ordenar el control de los instrumentos individuales y grupales del sistema
de tutoría.
f) Designar al Coordinador de Tutores.
g) Asistir a la oficina del servicio de tutoría a tiempo completo.
h) Informar mensualmente, las actividades realizadas.