Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión;
En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes;
Emite informes técnicos en los temas de su competencia;
Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos;
Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos;
Ejerce la representación de la Dirección;
Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento;
Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia;
Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y,
Ejerce las demás funciones que se les encomienden.
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jordanobraz
Gracias a los q me ayudaron recién soy nuevo en el grupo
SUS FUNCIONES
Sus funciones son, entre otras:
Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión;
En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes;
Emite informes técnicos en los temas de su competencia;
Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos;
Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos;
Ejerce la representación de la Dirección;
Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento;
Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia;
Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y,
Ejerce las demás funciones que se les encomienden.