La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, de 1789, inspirada en la Declaración de Independencia estadounidense de 1776 y en los pricipios filosófico-políticos que se propagaban durante el siglo XVIII, marca el fin del Antiguo Régimen y el principio de una nueva era. Esta Declaración se suma a los decretos del 4 y el 11 de agosto de 1789 sobre la supresión de los derechos feudales, uno de los textos fundamentales votados por la Asamblea nacional constituyente, la cual fue formada tras la reunión de los Estados Generales durante la Revolución Francesa.
El principio de base de la Declaración fue adoptado antes del 14 de julio de 1789 y dio lugar a la elaboración de numerosos proyectos. Tras largos debates, los diputados votaron el texto final el día 26 de agosto. El Rey Luis XVI la ratificó el 5 de octubre, bajo presión de la Asamblea y el pueblo. Sirvió de preámbulo a la primera constitución de la Revolución Francesa, aprobada en 1791.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)
Adoptada por la Asamblea Constituyente francesa del 20 al 26 de agosto de 1789, aceptada por el Rey de Francia el 5 de octubre de 1789.
Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano votada por la Convención Nacional el 23 de junio de 1793, e incorporada como preámbulo a la Constitución de 24 de junio de 1793. (Nota de edición: Al lado del artículo se han hecho anotaciones de su nomen o contenido que no estaban en el texto original, para facilicitar su consulta).
La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, de 1789, inspirada en la Declaración de Independencia estadounidense de 1776 y en los pricipios filosófico-políticos que se propagaban durante el siglo XVIII, marca el fin del Antiguo Régimen y el principio de una nueva era. Esta Declaración se suma a los decretos del 4 y el 11 de agosto de 1789 sobre la supresión de los derechos feudales, uno de los textos fundamentales votados por la Asamblea nacional constituyente, la cual fue formada tras la reunión de los Estados Generales durante la Revolución Francesa.
El principio de base de la Declaración fue adoptado antes del 14 de julio de 1789 y dio lugar a la elaboración de numerosos proyectos. Tras largos debates, los diputados votaron el texto final el día 26 de agosto. El Rey Luis XVI la ratificó el 5 de octubre, bajo presión de la Asamblea y el pueblo. Sirvió de preámbulo a la primera constitución de la Revolución Francesa, aprobada en 1791.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)
Adoptada por la Asamblea Constituyente francesa del 20 al 26 de agosto de 1789, aceptada por el Rey de Francia el 5 de octubre de 1789.
Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano votada por la Convención Nacional el 23 de junio de 1793, e incorporada como preámbulo a la Constitución de 24 de junio de 1793. (Nota de edición: Al lado del artículo se han hecho anotaciones de su nomen o contenido que no estaban en el texto original, para facilicitar su consulta).